Presentan un proyecto de ley para regular la tenencia de tierras

La propuesta apunta a regular la tenencia de tierras extranjeras. Establece el límite de mil hectáreas en la zona núcleo, pero permite autorizar la adquisición de mayor superficie. La iniciativa tiene giro sólo a la comisión de Agricultura.

Presentan un proyecto de ley para regular la tenencia de tierras

 El proyecto establece que pueden ser titulares de tierras rurales, las personas humanas extranjeras por sí o a través de su participación en personas jurídicas constituidas o inscriptas en la República Argentina, excepto en Zona de Seguridad de Frontera o en Zonas de Interés Estratégico Nacional; mientras que no podrán ser titulares los estados extranjeros.

El proyecto limita la tenencia de tierras a una superficie máxima de mil hectáreas en la zona núcleo, o la superficie equivalente, según la ubicación territorial, que se determinará en base a la localización de las tierras rurales  y su proporción respecto del municipio, departamento y provincia que integren y la capacidad y calidad de las tierras rurales para su uso y explotación.

Aunque se permiten excepciones, ya que la Autoridad de Aplicación podrá autorizar mayor superficie para aquellos que posean antecedentes relevantes y haya desarrollado la misma actividad previamente con resultados positivos; que no perciba subsidios, incentivos  o beneficios fiscales por parte de un estado extranjero; que la inversión prevista implique una mejoría relevante en materia de producción, productividad y generación directa o indirecta de empleos;  que el proyecto que se presente resulte favorable para la protección del medio ambiente y la biodiversidad.

El proyecto establece que, en el caso de los inmuebles que contengan o sea ribereño de cuerpos de agua; o con costa a cursos de agua navegables; o utilizados para provisión de agua a poblaciones, deberán contar con la previa autorización del Comité Hídrico Federal (COHIFE), a quién también deberán presentarle un plan de uso y explotación del inmueble.

La Autoridad de Aplicación, que será designada por el Poder Ejecutivo Nacional deberá hacer cumplir la ley; ejecutar la política nacional sobre tierras rurales; lograr la colaboración de organismos estatales y las provincias; determinar la equivalencia de superficies del territorio nacional; expedir los certificados de habilitación; aplicar sanciones.

Mientras que, el Registro Nacional de Tierras Rurales deberá registrar los datos referentes a las tierras rurales de titularidad o posesión extranjera y requerir a las dependencias provinciales la información necesaria.

El proyecto de ley que deroga la ley 26.737 -de protección al dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de las tierras rurales- y aclara que no afecta derechos adquiridos, fue girado a la comisión de Agricultura y Ganadería, que preside el oficialista, Alfredo de Angeli (PRO-Entre Ríos).

Fuente: Fundación Barbecheando

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