SEMILLAS: ENVIARÁN AL CONGRESO UN PROYECTO PARA LIMITAR EL USO PROPIO.

La iniciativa está siendo elaborada por técnicos de la Conase. En 2006 la entonces Secretaría de Agricultura quiso aplicar algo similar. Pero nunca entró en vigencia por falta de reglamentación.

Los integrantes de la Comisión Nacional de Semillas (Conase) se encuentran terminando de redactar un proyecto –que será enviado al Poder Legislativo– para modificar a la Ley de Semillas vigente desde 1973.
 
“Las inversiones para nuevas variedades amerita que se le den un marco legal adecuado para que a quien invierta le sea un negocio redituable”, dijo a Infocampo.com.ar Carlos Ripoll, presidente del Instituto Nacional de Semillas (Inase)
 
El artículo 27 de la Ley de Semillas (20.247/73) contempla el “uso propio”, por medio del cual se determina que el agricultor que reserva su propia semilla para sembrarla no requiere autorización del propietario de la variedad. Es decir: el productor, luego de haber comprado semilla fiscalizada, puede seguir multiplicándola en su campo sin requerir autorización del obtentor.
 
El hecho es que en 2006 la entonces Secretaría de Agricultura (Sagpya) dictó la resolución 338/06, por medio de la cual determinó que un agricultor puede hacer uso propio sin pedir autorización al obtentor cuando el volumen de semilla de uso propio de esa variedad sea igual al volumen de semilla legal adquirida originalmente. Es decir: si en el año uno se compraron 100 bolsas de semilla fiscalizada, en el año dos, tres y sucesivos sólo puede hacerse uso propio siempre que la nueva siembra no supere la cantidad de hectáreas o de semillas sembradas en el año uno.
 
Pero la resolución 338/06 jamás entró en vigencia porque en el ámbito de la Conase (cuerpo integrado por representantes del Estado nacional, de la producción agrícola y de los obtentores y comercializadores de semillas) nunca se pudo llegar a un acuerdo para reglamentarla.
 
“A partir de ahora se prevé que pueda colocarse un límite (en el uso propio) con el asesoramiento de la Comisión Nacional de Semillas”, explicó Ripoll. “Aspiramos a que el proyecto pueda ser puesto en práctica lo más rápido posible y que no tenga demoras innecesarias”, añadió.
 
Vale recordar que la resolución 35/96 del Inase establece que la excepción del agricultor (el “uso propio”) se configura siempre y cuando la semilla original haya sido adquirida legalmente.
 
Fuente: Infocampo.

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