Para tomar nota: a partir del 1 de enero todos los subproductos de soja deberán bajar de precio por un recorte del IVA

La nueva alícuota es del 10,5%.

Para tomar nota: a partir del 1 de enero todos los subproductos de soja deberán bajar de precio por un recorte del IVA

A partir del 1 de enero de 2019 todos los expellers, pellets y harina de soja, junto con los granos de soja desactivada, pasarán a tributar un IVA del 10,5%.

Así lo dispone la Ley de Presupuesto de gastos y recursos de la Administración Nacional 2019 (Nº 27.467) publicada hoy en el Boletín Oficial. Como el IVA aplicado a esos productos actualmente es del 21,0%, el precio final de los mismos a comienzos del año que viene –medido en dólares o en pesos con el tipo de cambio vigente– debería reducirse en un 8,5%.

Se trata de una noticia especialmente favorable para tambos, feedlots, establecimientos avícola y porcinos –que podrán acceder a un insumo clave más barato– aunque también es favorable para las empresas elaboradoras de tales alimentos.

La Cámara de Pymes Extrusoras y Bioenergías de la provincia de Buenos Aires (Capeba) había solicitado a mediados de este año al gobierno nacional que redujera la alícuota del IVA al 10,5% a los subproductos de soja para combatir a los delincuentes que operan irregularmente en el sector.

“Los subproductos facturan y cobran IVA al 21% esto genera una masa de dinero muy tentadora para estas empresas irregulares (las llamadas carpetas), que compran o generan el subproducto en negro y lo venden facturado 21% de IVA en cada operación”, denunció en su momento Capeba por medio de un comunicado.

“Operan durante un tiempo y, cuando caen, atrás de esas empresas hay como responsables personas insolventes. Los verdaderos artífices ya están a esa altura operando con nuevas empresas y repitiendo la maniobra una y otra vez con el pasar de los años”, advirtió.

Por ese motivo, habían requerido reducir el IVA a subproductos de granos al 1,5% e implementar el mismo sistema de retención del IVA que en el venta de granos. “Que los consumidores de los subproductos de granos sean agentes de retención del IVA y paguen reteniendo el 8% y dando el 2,5% restante al industrial mediante transferencia bancaria a un CBU declarado y fiscalizado por la Afip, desalentando la actuación de las empresas fantasmas al sacarles el manejo de esa masa de dinero”, señalaron.

Fuente: Valor Soja

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