Un 34% de los contribuyentes logró ingresar a la “categoría VIP” del SISA: en 45 días la Afip les devolverá la totalidad de las retenciones de IVA

Un 27%, en cambio, quedó en la peor categoría.

Un 34% de los contribuyentes logró ingresar a la “categoría VIP” del SISA: en 45 días la Afip les devolverá la totalidad de las retenciones de IVA

Un 34% de los 76.280 contribuyentes registrados en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) se encuentran categorizados en el “Estado 1”, por lo cual la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) les retendrá un 5% del IVA con una devolución también del 5% en un plazo de 45 días (lo que implica que las liquidaciones del presente mes de diciembre se reintegrarán en su totalidad a mediados de febrero de 2019).

Se trata de un avance importante porque en el régimen anterior –vigente hasta octubre de 2018– los compradores de cereales y oleaginosas debían retener a los productores y acopios inscriptos en el Registro Fiscal de Operadores de Granos (RFOG) el 8% de IVA con una devolución del 7% en un plazo máximo de 60 días de emitida la Liquidación Primaria de Granos, mientras que el 1% quedaba a cuenta del pago del Impuesto a las Ganancias.

En cuanto a los contribuyente que lograron acceder al “Estado 2” del SISA, fuentes de la Afip indicaron que a la fecha comprenden el 39% de los registrados en el nuevo sistema, mientras que en el “Estado 3” quedó el 27% restante.

En el nuevo régimen a los productores de granos (con excepción del arroz) en “Estado 2” se les retiene el 7% con una devolución del 6% a los 45 días, mientras que a aquellos comprendidos en el “Estado 3” les corresponde una retención completa del 8% del IVA

Para los productores de arroz, en el “Estado 1” la retención es del 10% también con devolución total, mientras que en el “Estado 2” se aplica un 14% con devolución del 12%. Y en el “Estado 3” la retención de IVA es del 16%.

El SISA unificó en una sola plataforma al RFOG, Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas (TIRE), Registro Nacional Sanitario (Renspa) y Registro de Usuario de Semilla (RUS). La inscripción en el mismo es obligatoria para productores y comercializadores de cereales, oleaginosos y legumbres.

En el “Estado 1” se incluyó a aquellos contribuyentes que no hayan presentado incumplimientos formales en los últimos 24 meses seguidos, mientras el “Estado 2” es para aquellos que hayan tenido algunos incumplimientos en ese período. En cuanto al “Estado 3”, el mismo le corresponde a las personas o empresas que no cumplieron con la presentación de declaraciones juradas o presentaciones de regímenes de información en los plazos previstos o bien que cuentan con requerimientos vencidos y/o pendientes de cumplimiento, procesos judiciales y quiebras decretadas, entre otros factores.

Fuente: Valor Soja

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