Senasa unificó el listado de principios activos prohibidos en Argentina

A través de la Resolución 32/2019, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria de Argentina unificó las cuantiosas normas que determinan los principios activos prohibidos y restringidos, como así también las formulaciones de coadyuvantes y rodenticidas no autorizados en la Argentina.

Senasa unificó el listado de principios activos prohibidos en Argentina

 A través de la Resolución 32/2019, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria de Argentina unificó las cuantiosas normas que determinan los principios activos prohibidos y restringidos, como así también las formulaciones de coadyuvantes y rodenticidas no autorizados en la Argentina.

La normativa se enmarca en las “Buenas Prácticas en Materia de Simplificación” que buscan facilitar al usuario la toma de conocimiento y comprensión de las regulaciones establecidas por el sector publico Nacional

El ranking de los principios activos prohibidos, según las plagas que que controlan, está liderado por los insecticidas con 27 sustancias.

En segundo lugar se encuentran los rodenticidas, de los cuales 8 principios activos no se pueden utilizar en la formulación de controladores químicos.

En tercer lugar, 4 fungicidas están prohibidos en el país, mientras que dentro de los controladores de vegetales, sólo dos herbicidas se encuentra prohibidos.

El ranking se completa con un principio activo de acaricidas y uno de antibióticos.

Respecto a los productos regulados se determina que son 14 y se trata principalmente de productos para la aplicación en tabaco.

Además la normativa señala que los rodenticidas no se pueden formular bajo la formas líquidas, polvos solubles o mojables, ni cebos en polvo o pasta.

En tanto, los coadyuvantes no autorizados son seis y se trata de Fenol, Formaldehido, Dimetilformamida, Metaonl, Rodamina B y Verde de Malaquita.

La medida se enmarca en el Decreto Nº 891/17, bajo el cual, el Poder Ejecutivo Nacional prevé que las normas y regulaciones que se dicten deberán ser simples, claras, precisas y de fácil comprensión, instando al Sector Público Nacional a confeccionar textos actualizados de sus normas regulatorias y de las guías de los trámites a su cargo.

A su vez, mediante esta resolución, se faculta a la Dirección Nacional de Protección Vegetal del Senasa a actualizar los listados, como así también a evaluar la oportunidad y conveniencia de autorizar la inscripción de formulaciones específicas de rodenticidas, solo cuando se trate de combatir roedores en ámbitos exclusivos de granos almacenados. 

 

Fuente: Senasa 

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