Carbap solicitó eliminar el peso mínimo de faena para poder “expandir y acrecentar el negocio ganadero”

Las autoridades de la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (Carbap) solicitaron eliminar el peso mínimo de faena para poder “expandir y acrecentar el negocio ganadero”.

Carbap solicitó eliminar el peso mínimo de faena para poder “expandir y acrecentar el negocio ganadero”

 Las autoridades de la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (Carbap) solicitaron eliminar el peso mínimo de faena para poder “expandir y acrecentar el negocio ganadero”.

“Desde Carbap siempre nos hemos opuesto a este tipo de intervenciones y regulaciones del Estado, medidas que no solo complican la operatoria de la cadena comercial, sino que también limitan el poder de decisión que tienen los empresarios ganaderos para adaptarse a producir ante la variabilidad de escenarios climáticos a los que deben enfrentarse”, indicó la entidad por medio de un comunicado.

“Los sectores que propician el mantenimiento de esa regulación sólo están defendiendo el interés de su posición en la cadena, transfiriéndole a los eslabones más débiles de la misma parte de sus costos y/o eliminando competencia en el proceso de producción de carne”, añadió.

“Un Estado moderno fomenta la producción con alicientes; no con penalidades ni castigos”, aseguró el comunicado, para luego preguntarse si “es válido que el Estado fije cuánto tenemos que producir con nuestros bienes”.

La normativa vigente dispone un peso mínimo de faena de 165 kilogramos res con hueso con una tolerancia de hasta el 10% de la tropa comercializada siempre y cuando ninguna res se encuentre por debajo de los 149 kilos.

Desde fines de octubre del año pasado, según lo establecido por la resolución 26/18 de la Secretaría de Agroindustria, en caso de que más del 10% de una tropa se encuentre por debajo del peso mínimo de faena de 165 kilos “sólo se considerará en infracción la cantidad de reses que sobrepase el porcentaje de tolerancia establecido”. La norma también aclara que “asimismo se considerarán en infracción todas las reses que se encuentren por debajo de los 149 kilogramos”.

 

Fuente: Carbap

 

 

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