Salió la “eliminación” de retenciones para Pymes con un alcance mucho más limitado del prometido: no comprende productos del complejo sojero ni semillas forrajeras

Tampoco semillas forrajeras.

Salió la “eliminación” de retenciones para Pymes con un alcance mucho más limitado del prometido: no comprende productos del complejo sojero ni semillas forrajeras

A mediados del mes pasado el gobierno nacional publicó un documento en el cual se prometió que se eliminarían “los derechos de exportación para todas aquellas empresas que exporten por encima de su promedio de exportaciones del año pasado”.

Hoy martes se publicaron en el Boletín Oficial los decretos 280 y 335/19, por medio de los cuales se instrumentó esa medida, aunque con un alcance mucho más limitado del anunciado inicialmente.

La eliminación de la obligación del pago de retenciones a las Pymes –que rige hasta el próximo 31 de diciembre de 2020– sólo comprenderá el monto diferencial que exceda al realizado en el año calendario inmediato anterior. Es decir. Si una Pyme en los últimos 365 días exportó por 200.000 dólares FOB y en los próximos 365 llegara a exportar por 220.000 dólares, la exención sólo regirá sobre la cifra de 20.000 dólares.

Las Pymes podrán acceder al beneficio siempre y cuando no hayan exportado más de 50 millones de dólares FOB en el año calendario inmediato anterior. El monto anual de desgravación en ningún caso podrá superar los 600.000 dólares por empresa.

La medida no incluye a las exportaciones de ningún tipo de poroto de soja (convencional, desactivada, orgánica, etcétera) ni tampoco las de harina y aceite de soja. También se dejó afuera del beneficio a las Pymes exportadoras de semillas forrajeras.

La normativa vigente indica que, en el rubro agropecuario, las Pymes son aquellas que tienen una facturación de hasta 431 millones de pesos y un tope de 215 empleados. Para calcular el monto de facturación total se considera el monto de las ventas que surja del promedio de los últimos tres ejercicios comerciales o años fiscales, excluyendo del cálculo el monto del IVA y los impuestos internos que pudieran corresponder, además de deducir hasta el 75% del monto de las exportaciones.

Fuente: Valor Soja

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