Productores entrerrianos se movilizarán para que la Justicia les permita hacer usufructo de su patrimonio: todo lo que es necesario saber sobre el conflicto

La convocatoria es para este jueves. Esta semana ocurrirá un hecho inédito: empresarios agropecuarios se movilizarán para solicitar a funcionarios judiciales que se los deje hacer usufructo de su patrimonio luego de que el mismo fuese virtualmente intervenido por un fallo.

Productores entrerrianos se movilizarán para que la Justicia les permita hacer usufructo de su patrimonio: todo lo que es necesario saber sobre el conflicto

El origen del conflicto surgió cuando el Foro Ecologista de Paraná y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos promovieron una acción de amparo ambiental contra el Poder Ejecutivo de Entre Ríos para requerir “medidas urgentes para proteger a los niños, niñas y adolescentes, maestros y personal no docente que concurren a las escuelas rurales de la provincia, de los impactos negativos que la actividad agrobiotecnológica (sic) genera en el suelo, agua superficial y subterránea, aire y, en consecuencia, en la salud”.

Requirieron, en primer lugar, que se fijara una franja de 1000 metros libres del “uso de agrotóxicos” alrededor de las escuelas rurales y una zona de resguardo (barrera vegetal). También solicitaron que se prohibiera la fumigación aérea en un radio no menor a los 3000 metros y que se ordenara el establecimiento de un “sistema de vigilancia epidemiológica”.

El 1 de octubre de 2018 la Sala II de la Cámara Segunda Civil y Comercial de Paraná, a cargo de Oscar Daniel Benedetto, admitió parcialmente esa solicitud y prohibió la fumigación terrestre con “agrotóxicos” (así dice el fallo) en un radio de 1000 metros alrededor de todas las escuelas rurales de la provincia y la fumigación aérea en un radio de 3000 metros. Además exhortó al Estado provincial para que realice “estudios en torno al uso racional de químicos y agroquímicos” y requirió que “en el plazo de dos años se implanten barreras vegetales a una distancia de 150 metros” de las escuelas.

El 14 de diciembre del gobernador de Entre Ríos, Gustavo Bordet, firmó un decreto (4407/18) por medio del cual prohibió las aplicaciones terrestres de fitosanitarios a una distancia de “100 metros entre los límites o cercos de la escuela y el cultivo lindero”. En el caso de las aplicaciones aéreas ese límite se fijó en 500 metros.

El 29 de marzo Andrés Marfil, vocal de la Sala Tercera de la Cámara Segunda en lo Civil y Comercial de Paraná, procedió a anular parcialmente el decreto 4407/18 del gobernador Bordet para eliminar la restricción de 100 y 500 metros establecida en la misma con el propósito de restablecer la distancia de 1000 y 3000 metros fijada por el fallo de Benedetto. La medida fue apelada por el Poder Ejecutivo provincial.

El 15 de mayo la Sala de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos –integrada por Daniel Carubia, Claudia Mizawak y Miguel Giorgio– rechazó, por mayoría, el recurso de apelación interpuesto por el Estado provincial contra la sentencia de Andrés Marfil y declaró así nulo el decreto 4407/18. Con esta sentencia quedó en pie lo dispuesto por el fallo de Benedetto (una “zona de exclusión” para fitosanitarios de 1000 y 3000 metros para aplicaciones terrestres y aéreas realizadas en campos lindantes a todas la escuelas de la provincia.

Fuente: Valor Soja

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