Doná en tres pasos: la iniciativa que busca recolectar 13 millones de kilos de alimentos

Se presentó en la secretaría de Agroindustria el nuevo marco teórico para la Ley Donal. "Estamos en un momento muy especial, hemos superado muchos obstáculos para lograr esta Ley", destacó Michetti.

Doná en tres pasos: la iniciativa que busca recolectar 13 millones de kilos de alimentos

En la secretaria de Agroindustria se presentó el alcance del "Plan Nacional de Reducción de Pérdidas y Desperdicio de Alimentos", que brinda un nuevo marco teórico para la Ley Donal.

La Ley Donal, que se reglamentó mediante el Decreto 246/2019 publicado a principios de abril, busca implementar políticas públicas para evitar la pérdida y desperdicios de alimentos y concientizar a la población sobre la importancia de su donación.

"Una de las caras más duras de la pobreza"

"Estamos celebrando la posibilidad de que la Argentina tenga una Ley Donal, que ya está implementada en otros países", destacó en diálogo con Agrofy News Gabriela Michetti, vicepresidenta de la Nación. "Protege al que dona y al que recibe la donación, con un sistema de trazabilidad. Sabe adónde se guardó y en qué condiciones y de qué manera se entrega a las familias", comentó.

"Con esta Ley buscamos que haya incentivos, y que muchas más empresas, hoteles y comercios que puedan donar alimentos que ya no tienen valor comercial", agregó.

En este sentido, Michetti destacó la importancia de donar alimentos, "porque sin dudas el hambre es una de las caras más duras de la pobreza, por eso estas herramientas son muy importantes para generar una mayor equidad social".

Según el comunicado oficial, la Secretaría de Agroindustria coordina, propone e implementa políticas públicas que procuran evitar la pérdida y desperdicio de alimentos y paralelamente busca concientizar y educar a la población sobre la importancia de donar.

Doná en tres pasos

En el marco del plan se presentó además un sitio web que permite sumarse como donante de alimentos con tres pasos:

  • Determiná el tipo de alimentos y las cantidades que querés a donar.
  • Buscá en el mapa las organizaciones habilitadas por el Registro.
  • Hacé contacto con la organización para acordar la entrega y recepción.

Todas las personas de existencia física o ideal pueden donar productos alimenticios en buen estado, ya sean productores, procesadores, distribuidores, comercializadores, empresas, asociaciones, entre otros.

Por otro lado, se pueden donar todos aquellos productos alimenticios en buen estado que cumplan con las exigencias bromatológicas y de inocuidad contenidas en el Código Alimentario Argentino, para el tipo de producto correspondiente.

326.530 bomboneras

En el mundo se pierde y desperdicia, anualmente, el 30% de los alimentos que se encuentran aptos para el consumo. Lo que equivale a 1.300 millones de toneladas.

En América Latina, de acuerdo a cifras de la FAO correspondientes a 2017, se desecharon diariamente 348.000 toneladas de alimentos, lo que representó un desperdicio de 127 millones de toneladas anuales. Mientras que en la Argentina se estima una pérdida de 16 millones de toneladas en alimentos al año.

En palabras del secretario de Agroindustria, Luis Miguel Etchevehere, este desperdicio equivale a alimentar a 326.530 bomboneras llenas y representa un 12,5% de la producción agroalimentaria.

"Con estas modificaciones el país podría lograr una donación de 13 millones de kilos de alimentos, lo que representaría 26 millones de platos de comida. Es muy importante esto que estamos haciendo y sobre todo hay que entender que se trata de alimentos inocuos y seguros, la clave de todo esto", destacó Etchevehere.

Alcances del Decreto

El Decreto 246/19, que estableció la implementación de la Ley Donal fue resultado de un trabajo conjunto entre Agroindustria, el Ministerio de Salud y Desarrollo Social y la Red Argentina de Bancos de Alimentos (REDBdA), con el acompañamiento permanente de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y de otras organizaciones -públicas y privadas-, y el compromiso unánime de los legisladores

Por medio de esta normativa se logró la incorporación del nuevo artículo 9° de la Ley 25.989, que redefine, con gran precisión, la responsabilidad del donante: excluye la responsabilidad objetiva, contemplada en el Código Civil y Comercial de la Nación.

Esto no limita de manera alguna el cumplimiento de las exigencias bromatológicas y de inocuidad contenidas en el Código Alimentario Argentino (CAA).

Fuente: Agrofy News

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