Actualizaron la retribución para servicios particulares realizados por personal del Senasa fuera del horario oficial o en días no laborables
Las autoridades del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) establecieron un valor de nueve Unidades Retributivas (395 pesos) por hora para los servicios extraordinarios prestados por personal de ese organismo a empresas privadas.

La resolución 347/19 de la Secretaría de Agroindustria, publicada hoy en el Boletín Oficial, indica que a ese valor (395 $/hora) “se le adicionarán los porcentuales en concepto de contribuciones y aportes patronales y demás que correspondan sobre las remuneraciones del personal, incluyendo la doceava parte en concepto de sueldo anual complementario, conforme la normativa de aplicación,
La resolución 347/19 aclara que la “retribución por servicios extraordinarios requeridos por particulares en tareas vinculadas con la fiscalización para certificar calidad y estado sanitario” sólo corresponderá cuando la misma sea efectuada “fuera del horario oficial o en días no laborables para la Administración Pública Nacional”.
Además indica que “cuando el servicio extraordinario requerido deba cumplirse fuera del asiento habitual de funciones del personal, será compatible con el pago de viáticos cuando se trate de un lugar alejado a más de 50 kilómetros del mismo, así como también con la extensión de la respectiva orden de pasaje”.
El Senasa “instrumentará los mecanismos necesarios para establecer el tiempo de duración de los trámites. Asimismo determinará aquellos trámites que puedan investir el carácter de urgente a los que se le adicionarán, conforme las especificaciones del trámite en cuestión, la o las horas por trámite urgente que correspondan”.
El nuevo valor entrará en vigencia a partir del 12 de agosto de 2019. La Unidad Retributiva del Sistema Nacional de Empleo Público es de 43,89 pesos a partir del pasado 1 de junio.
Fuente: Valor Soja