Cuáles son los pasos a seguir para la devolución del IVA técnico

La Resolución General de AFIP 4581 dictamina que los responsables inscriptos en el IVA podrán solicitar la devolución del crédito fiscal que tengan como saldo a favor técnico por compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de capital, luego de transcurridos 6 períodos fiscales consecutivos.

Cuáles son los pasos a seguir para la devolución del IVA técnico

¿Qué condiciones mínimas deben cumplir los contribuyentes para obtener el beneficio? Para que la devolución prospere será necesario que los contribuyentes:

  • Se encuentren inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado y en el impuesto a las Ganancias
  • Mantengan actualizados el domicilio fiscal, el código de actividad
  • No registrar incumplimiento de declaraciones juradas informativas y haber presentado todas las declaraciones juradas correspondientes de períodos no prescriptos .

Para tramitar el beneficio los Responsables Inscriptos deberán acceder al Sistema Integral de Recuperos (SIR) en la sección Régimen de Devolución de Saldo Técnico en la página web de AFIP. El SIR estará disponible entre los días 1 y 10 del mes de diciembre de cada año.

Transcurridas 48 horas de finalizado el plazo, la AFIP comunicará al responsable el importe que se podrá incluir en la solicitud del beneficio.

Luego se deberá ingresar al servicio "SIR" adjuntando un informe especial extendido por contador público independiente expidiéndose sobre la razonabilidad, existencia y legitimidad de los referidos créditos y de los bienes de uso incluidos en la solicitud.

Se podrá presentar una sola solicitud por año calendario hasta el 31 de diciembre del año que corresponda.

La resolución por parte de la AFIP se comunicará dentro de los 15 días hábiles administrativos contados desde la fecha en que la solicitud presentada resulte formalmente admisible.

Antes de la reforma impositiva un productor agropecuario que compraba maquinaria agrícola, por ejemplo, que contenía $1.500.000 de valor de IVA, tenía muchas chances de mantener ese saldo a favor por un largo período. Como consecuencia ese saldo se desvalorizaba a ritmo de inflación. Ahora el mismo es posible recuperarlo en la medida que este saldo técnico se mantenga luego de transcurridos 6 meses de la fecha en que se generó.

El autor es socio de Barrero & Larroudé

Fuente: Alejandro Larroudé – Diario La Nación

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