Santa Fe: media sanción a un proyecto con más restricciones a los agroquímicos

Después de una discusión de varios meses en las comisiones parlamentarias, la Cámara de Diputados de esta provincia le dio media sanción a un proyecto para modificar la ley provincial 11.273 que regula el uso de productos fitosanitarios y amplió las distancias que se deben respetar para las aplicaciones terrestres y aéreas cerca de áreas urbanas.

Santa Fe: media sanción a un proyecto con más restricciones a los agroquímicos

En el primer caso, las aplicaciones terrestres, si luego la Cámara de Senadores acepta estas modificaciones la distancia en las zonas urbanas pasaría de 500 metros a 1000 metros, en tanto que de 3000 a 5000 metros para las pulverizaciones aéreas.

Además de las limitaciones más rigurosas, el proyecto contempla sanciones más severas para quienes no cumplan las distancias y la conformación de un órgano de aplicación de sanciones que involucre a más de un Ministerio. Hoy el control está en manos de Producción, pero se pretende sumar Medio Ambiente y Salud.

En tanto, la nueva regulación eliminaría las excepciones a los municipios o comunas que cuentan con ordenanzas que permiten la aplicación de algunos productos de clase toxicológica C o D, dentro del radio de 500 metros.

Hasta el momento, en Santa Fe rige la ley provincial 11.273 de Productos Fitosanitarios, la cual establece en su capítulo 11, de sanciones y prohibiciones, lo siguiente:

·        Artículo 33. Prohíbese la aplicación aérea de productos fitosanitarios de clase toxicológica A y B dentro del radio de 3000 metros de las plantas urbanas. Excepcionalmente podrán aplicarse productos de clase toxicológica C o D dentro del radio de 500 metros, cuando en la jurisdicción exista ordenanza municipal o comunal que lo autorice y en los casos que taxativamente establecerá la reglamentación de la presente. Idéntica excepción y con iguales requisitos podrán establecerse con los productos de clase toxicológica B para ser aplicados en el sector comprendido entre los 500 y 3000 metros.

·        Artículo 44. Prohíbese la aplicación terrestre de productos fitosanitarios de clase toxicológica A y B dentro del radio de 500 metros de las plantas urbanas. La aplicación por este medio de productos de clase toxicológica C y D se podrá realizar dentro del radio de los 500 metros y conforme a la reglamentación.

A la hora de votar, 32 diputados se volcaron por aprobar y girar al Senado las variantes en la ley y siete rechazaron el proyecto al sostener, como el diputado Norberto Nicotra (PJ), no haber tenido tiempo suficiente para analizar la cuestión.

El radical Santiago Mascheroni llevó la voz cantante del dictamen de mayoría que logró el respaldo de todo el Frente Progresista, de la izquierda y de sectores del justicialismo, con el rechazo de la bancada de Cambiemos. "Tarde pero es un avance y es el avance posible", dijo Rubén Giustiniani, de Igualdad y Participación.

Ahora el texto fue girado a las comisiones de la Cámara de Senadores donde los cambios deberían ser analizados o perderán estado parlamentario.

Fuente: José E. Bordón – Diario La Nación

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