Los permisos de circulación para trabajadores esenciales vencen el 30 de mayo: es necesario volver a tramitarlos
Burocracia sin fin. El gobierno argentino dispuso que los permisos de orden nacional vigentes para circular en el marco de la emergencia sanitaria (denominados “Certificado Único Habilitante para Circulación Covid-19”) caducan a las 00:00 horas del día 30 de mayo de 2020.

La decisión administrativa 897/20, publicada hoy lunes en el Boletín Oficial, determina que los trabajadores de actividades consideradas esenciales deberán volver a tramitar el certificado en el sitio https://www.argentina.gob.ar/circular
Hoy lunes además se procedió a extender hasta el día 7 de junio de 2020 inclusive el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” vigente desde el pasado 20 de marzo. No se descartan nuevas extensiones de la medida una vez finalizado ese plazo.
El decreto presidencial 297/20 indica que existen actividades esenciales que quedan exceptuadas de la prohibición de circular durante la vigencia del “aislamiento obligatorio”, entre las cuales se incluyen las “vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca”, las “industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos” y “actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior”.
La decisión administrativa 429/20, que amplia los alcances del decreto 297/20, estableció que entre las actividades exceptuadas de cumplir con la restricción se incluyen también las empresas dedicadas a la producción y distribución de biocombustibles, curtiembres e “industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias”.
Fuente: Valor Soja