Cómo tramitar el certificado de circulación si sos empleado no registrado
El Gobierno dispuso que los trabajadores, que no están inscriptos, pueden pedir el permiso para circular durante el aislamiento preventivo, social y obligatorio.
Para poder circular por la ciudad o en rutas es necesario el Certificado Único Habilitante para la Circulación (CUHC), que se tramita por la aplicación Cuidar en el contexto del coronavirus. Cabe destacar que no todos los trabajadores se encuentran registrados o son monotributistas, por lo que se les dificulta demostrar su situación laboral.
Ante este escenario de trabajadores informales o en "negro", el Gobierno dispuso una práctica para realizar el trámite de igual forma. Cabe destacar, que es obligación legal para los empleadores tener registrados a sus trabajadores.
La solicitud de permisos de circulación en casos de trabajo no registrado debe ir acompañada de un escrito en el que explique su situación y que no se encuentra registrado.
“Una parte significativa de trabajadoras y trabajadores aún no se encuentra debidamente registrada por sus empleadores”, señaló el Gobierno. Además, agregó que esta situación, además de vulnerar sus derechos, les dificulta la tramitación del permiso para circular.
“Se dispuso que el trabajador adjunte información relativa al lugar de trabajo. En casos de empleo no regularizado, las y los trabajadores suelen pedir al empleador una nota que acredite su trabajo para poder adjuntarlo”, resaltaron desde el Gobierno. Muchas veces esta situación tampoco se da y los trabajadores no tienen forma de tramitar el CUHC.
“Si la persona que lo solicita no se encuentra inscripto en el Monotributo y el empleador se niega a expedir algún tipo de constancia laboral, se podrá incorporar cualquier documentación pertinente, incluso un escrito de la trabajadora o el trabajador donde exprese que no se halla debidamente registrado”, señalaron funcionarios nacionales.
Además, remarcaron que la información consignada en el formulario posee carácter de declaración jurada, en tanto el permiso emitido es un instrumento público en los términos del Artículo 289 del Código Civil y Comercial de la Nación. En caso de incongruencias o falseamientos se podrán iniciar actuaciones sumariales correspondientes.
Fuente: Agrofy News