Cabandié creó la Brigada de Control Ambiental: podrá clausurar establecimientos cuando detecte infracciones

Tendrá funciones de policía ambiental federal. Las autoridades del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación crearon la Brigada de Control Ambiental (BCA) para “ejercer el control efectivo y permanente de los establecimientos y actividades que puedan ocasionar algún riesgo o daño para el ambiente”.

Cabandié creó la Brigada de Control Ambiental: podrá clausurar establecimientos cuando detecte infracciones

La BCA –según lo establece la resolución 306/20–  tendrá “poder de policía ambiental federal”, para lo cual podrá “asistir a las distintas jurisdicciones, organismos provinciales, locales y regionales en todo lo referente a control ambiental, capacitación, monitoreo y soporte en materia de inspecciones ambientales”.

La nueva brigada del ministerio comandado por Juan Cabandié podrá “realizar tareas investigativas, procedimientos de toma de muestras, monitoreos periódicos y permanentes, inspecciones, elaborar informes técnicos, patrullajes, control de vertido de efluentes y cualquier otra medida que la BCA considere pertinente”.

La resolución 306/20 señala que los agentes de la brigada podrán “ingresar a todos los establecimientos y actividades públicos o privados que se encuentren regidos por normas” ambientales de carácter nacional, como puede ser, por ejemplo, el caso de la Ley de gestión de envases de fitosanitarios (Nº 27.279).

También podrá “verificar las instalaciones, maquinarias y procesos en relación al cumplimiento de los estándares establecidos por los regímenes ambientales, pudiendo controlar actividades, procedimientos, procesos, instalaciones y equipamiento y constatar condiciones de funcionamiento”.

La norma aclara que los agentes de la BCA podrán “requerir el auxilio de la fuerza pública en caso de oposición o cuando se le impida el ingreso o niegue la información correspondiente o cuando lo considere necesario, a los fines de lograr el cese de la actividad dañosa para el ambiente que se detecte, o bien de actividades que incumplan la normativa en materia ambiental en caso de que así ocurriere, solicitando a tal fin las órdenes de allanamiento necesarias”.

En caso de detectar, en el marco de un procedimiento de fiscalización, un incumplimiento a la normativa ambiental, podrá ordenar “la inmediata interrupción de la actividad, procediendo a tomar las medidas preventivas necesarias”, que incluyen “la clausura preventiva total o parcial del lugar, el cese o suspensión total o parcial de actividades, precintado, secuestro o incautación de maquinarias y de seres vivientes no humanos o sus productos; subproductos; derivados y despojos, así como de todo otro elemento utilizado para cometer o facilitar la comisión de la posible infracción”.

También tendrá a su cargo la investigación de “denuncias que reciba, de las cuales pueda detectarse la supuesta comisión de alguna infracción administrativa, y dando intervención, a través de la Dirección de Inspecciones (del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible) al Ministerio Público Fiscal, cuando se trate de la supuesta comisión de un ilícito”.

Fuente: Valor Soja

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