NUEVO PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE OPERADORES
La Resolución conjunta 235/2011 y 166/2011 precisa que a partir de la entrada en vigencia de la medida, se tienen por "denegadas y/o anuladas todas las solicitudes de compensaciones y/o subsidios y/o reembolsos que se encuentren pendientes del dictado de acto resolutivo, debiendo los peticionantes, en su caso, proceder a efectuar su solicitud conforme esta normativa".
El Gobierno fijó un nuevo procedimiento para solicitar la inscripción y renovación en el Registro de Operadores en el comercio y la industrialización de distintas cadenas agroalimentarias.
La Resolución conjunta 235/2011 y 166/2011 precisa que a partir de la entrada en vigencia de la medida, se tienen por "denegadas y/o anuladas todas las solicitudes de compensaciones y/o subsidios y/o reembolsos que se encuentren pendientes del dictado de acto resolutivo, debiendo los peticionantes, en su caso, proceder a efectuar su solicitud conforme esta normativa".
En el caso de las solicitudes pendientes de pago, la Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno, creada por decreto Nº 193 de fecha 24 de febrero de 2011, que reemplazó a la Oncca (Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario), impartirá las instrucciones tendientes a la prosecución del trámite administrativo.
Se establece que la Dirección de Legales del Área de Comercio Interior de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría Legal de la Secretaria Legal y Administrativa del Ministerio de Economía será el Servicio Jurídico Permanente de la mencionada Unidad.
Fuente: El Diario, Cuenca Rural.