Se oficializó el nuevo cepo para exportar carne: esto dice el decreto

El Gobierno formalizó el decreto que suspende la venta al exterior hasta fin de año de reses, media res, cuarto delantero y trasero con hueso, además de los cortes de asado, falda, matambre, tapa de asado, cuadrada, paleta y vacío. Con la misma norma limitó al 50% hasta el 31 de agosto próximo el resto de las exportaciones de carne, salvo de los contingentes arancelarios que tiene asignados el país.

Se oficializó el nuevo cepo para exportar carne: esto dice el decreto

También se oficializó el pedido para que el Ministerio de Agricultura y de Desarrollo Productivo trabajen en los próximos 30 días en la elaboración de un plan ganadero para aumentar la producción.

Las medidas, contenidas en el decreto 408 que lleva la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y los ministros Matías Kulfas (Desarrollo Productivo) y Luis Basterra (Agricultura), se formalizaron así tras la reunión que mantuvo el jefe de Estado con la Mesa de Enlace y otros representantes de la actividad. Vale recordar que el Gobierno ya había cerrado las exportaciones durante los últimos 30 días.

Según el decreto, hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive se suspenderán las exportaciones de reses, media reses, los cuartos ya mencionados y los siete cortes populares.

Luego se precisa que las mercaderías no alcanzadas podrán exportarse hasta alcanzar un cupo mensual que no podrá superar 50% del promedio mensual del total por el período julio/diciembre de 2020.

De acuerdo a lo dispuesto, eso regirá hasta el 31 de agosto próximo, pero se podría prorrogar hasta el el 31 de diciembre, “tomando en consideración las variaciones en los precios, la producción nacional y/o el abastecimiento del mercado interno”.

Basterra y Kulfas deberán “dictar las normas necesarias para la definición de la metodología por la que se establecerá la asignación del cupo”, considerando “las cuotas de mercado en las fábricas o establecimientos habilitados para exportar durante el año 2020”.

Se señala que los contingentes arancelarios otorgados por terceros países a la Argentina no se encuentran afectados por las restricciones. El país tiene, por ejemplo, cuotas a Europa y a los Estados Unidos.

Se crea una Mesa de Coordinación del Sector Cárnico en el ámbito de Desarrollo Productivo para “realizar el seguimiento, análisis e intercambio de información”. Participarán organismos públicos y podrán estar como invitados referentes del sector privado.

En este contexto, se pide a Agricultura y a Desarrollo Productivo “la elaboración, en un plazo de treinta (30) días, de un programa de estímulo y desarrollo de la cadena productiva de la carne bovina con incentivos para el corto, mediano y largo plazo”.

Entre los considerandos que se usaron para limitar las exportaciones se menciona que “en materia de comercialización de los productos cárnicos de origen bovino existen dificultades en las condiciones de abastecimiento de los consumidores y las consumidoras del mercado interno que impiden asegurar a los habitantes el razonable acceso a estos bienes, que son producidos íntegramente en el país y que integran la cultura y las costumbres de los argentinos y las argentinas”.

El decreto consigna que “el aumento de los precios de la carne en el mercado internacional, evidenciado durante los últimos meses, implica una presión sobre los precios en el mercado interno por su condición de bien transable”.

“La creciente demanda externa de productos elaborados por la cadena productiva de la carne bovina es un aspecto muy positivo que debe ser administrado en forma concomitante a un adecuado abastecimiento del mercado interno, y es el incremento de la producción, la manera virtuosa de garantizar el crecimiento del mercado interno y de las exportaciones, con sus efectos positivos sobre la producción, el empleo y la balanza comercial del país, lo que requiere períodos de maduración y la implementación de programas de estímulo de corto, mediano y largo plazo”, añade.

Fuente: Diario La Nación

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