Un sorpresivo decreto elimina retenciones para varias economías regionales
De golpe y porrazo, el gobierno publicó en el Boletín Oficial de este lunes el Decreto 410/2021, que reduce a 0% la alícuota de retenciones vigente para varios productos de economías regionales. De este modo, un año después, el Poder Ejecutivo corrige algunos “olvidos” de una medida anterior, donde había eliminado prácticamente todas las retenciones para las economías extra pampeanas.

“Desde la publicación de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, el Poder Ejecutivo ha dictado varias normas en las que se procuró reducir la alícuota del derecho, con especial atención en la generación de valor agregado en el país”, explica primero el nuevo decreto.
En cuanto a los bienes agroindustriales, dicen los considerandos, “se identificó, en una primera revisión, la potencialidad de determinadas economías regionales en términos de crecimiento de las inversiones, la producción y las exportaciones con impacto en todas las provincias del país y se fijó para tales mercaderías un Derecho de Exportación del 0%”
Pero a continuación considera que “resulta necesario introducir ciertas modificaciones a lo dispuesto en el Decreto 1060/20”, y que por lo tanto corresponde “modificar las alícuotas de los derechos de exportación para determinadas posiciones arancelarias” que habían sido olvidadas en aquella desgravación..
“Las mercaderías alcanzadas por lo dispuesto en el párrafo precedente no deberán abonar ninguna otra alícuota del derecho de exportación distinta a la allí establecida” define el decreto firmado por Alberto Fernández y varios de sus ministros.
Así las cosas, según una rápida traducción del jeringoso realizada por Bichos de Campo las posiciones arancelarias corresponderían a abejas vivas, huevos, pimienta y otras especies aromáticas, semillas de papa, girasol y arroz, entre otros cultivos; aceites y jugos de varias frutas, caseina y albumina. Pero sin duda el gran ganador parece el complejo maní, ya que el “maní blancheado” quedaría exento de pagar retenciones.
Para el caso de la fibra moahir o el pelo de cabra el decreto reduce el arancel de exportación de 10 a 3%.
El costo fiscal de esta medida, salvo en el caso del maní, sería mínimo.
Fuente: Bichos de Campo