El campo deberá informar el trigo que tiene a febrero de cada año

Mediante la resolución conjunta 5236 del Ministerio de Agricultura y la AFIP formalizada hoy en el Boletín Oficial, se creó en el ámbito del Sistema de Información Simplificado Agrícola -SISA, donde se brinda detalles de las actividades, un “régimen de información relativo a la producción de granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- y legumbres secas; y a las existencias de trigo al último día del mes de febrero de cada campaña”.

El campo deberá informar el trigo que tiene a febrero de cada año

Según los considerandos de la norma, la resolución se dictó debido a “razones de administración tributaria y de control”. 
“Es prioridad del Estado nacional el control de la trazabilidad de la cadena comercial de granos en todas sus etapas, resultando vital la identificación de los operadores intervinientes en la producción primaria y su capacidad productiva”, dice la norma.
“Quedan obligados a cumplir el referido régimen informativo los productores cuya actividad -principal o complementaria- sea la obtención de los productos indicados en el artículo 1° [granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- y legumbres secas, y de las existencias de trigo], mediante la explotación de inmuebles rurales situados en el país, propios o de terceros, cualquiera fuera su modalidad de contratación”, dice el artículo 2.

Se detalla que la obligación de informar “deberá cumplirse aún cuando el sujeto obligado no disponga, al momento de suministrar la información, de existencia de trigo y/o de producción de granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- y legumbres secas”.

En este contexto, se precisa en la resolución que la información se suministrará por campaña agrícola. “La declaración de la producción de granos se efectuará independientemente del destino que se le otorgue a los mismos con posterioridad a la cosecha”, apuntó.

Sanciones

Entre otros puntos, en la norma se habla de sanciones ante incumplimientos. “Obstará la registración de los contratos conforme a lo establecido por la Resolución General N° 3.744 (AFIP) y sus modificatorias, de acuerdo con las previsiones correspondientes al sujeto obligado, hasta tanto se subsane el incumplimiento”, se indicó.

“Determinará la recategorización de la calificación en el SISA. Igual efecto tendrá la falta de correspondencia entre los datos informados y la realidad económica de la actividad desarrollada por el contribuyente, determinada mediante controles objetivos practicados con motivo de verificaciones y/o fiscalizaciones”, precisó.

Fuente: Diario La Nación

 

Volver

Otras Novedades

29/04/2026

El peronismo impulsa un rediseño propio del INTA como opción al ajuste del Gobierno

29/04/2026

El precio internacional del trigo está en máximos en casi dos años en medio de las tensiones globales

29/04/2026

En crecimiento con 2,1 millones de cabezas en los corrales, los feedlots transitan una actividad intensa y con rentabilidad ajustada

29/04/2026

Nos barrió el campo desolación, miedo a perderlo todo y bronca de los productores en el norte de Santa Fe

29/04/2026

Sigue subiendo el precio del trigo en EE.UU. ante el avance de la sequía en la principal región cerealera del país

29/04/2026

Con precios en retroceso y costos en alza, la superficie arrocera cayó 12% en el país y profundiza la retracción de un cultivo estratégico

28/04/2026

Cosecha récord llega un aluvión de camiones a los puertos del Gran Rosario

28/04/2026

Semillas aval con cautela del agro al nuevo esquema de control del Gobierno

28/04/2026

Problemas de abastecimiento la industria molinera advierte dificultades para comprar trigo pese a la cosecha récord

28/04/2026

La confianza del campo cayó un 16% y se frena la inversión