La semilla identificada de camelina y carinata deberá comenzar a mencionar el nombre del cultivar en el rótulo

Las autoridades del Instituto Nacional de Semillas (Inase) dispusieron que a partir del 1 de junio de 2024 será obligatorio mencionar el cultivar en el rótulo de la semilla de clase identificada de las especies camelina (Camelina sativa L.) y carinata (Brassica carinata L.).

La semilla identificada de camelina y carinata deberá comenzar a mencionar el nombre del cultivar en el rótulo

La medida, dispuesta por medio de la resolución 843/2023 –pero publicada este miércoles en el Boletín Oficial–, se tomó al considerar que ambos cultivos han experimentado un crecimiento importante en los últimos años con el propósito de generar insumos para elaborar biocombustibles.

La resolución indica que, con la nueva exigencia, “se garantiza el derecho de propiedad de los obtentores sobre cultivares” de ambas especies”, de manera tal de “alentar la investigación para continuar con la mejora genética de las mismas”.

Hasta el momento, en el Registro Nacional de Cultivares de Inase, en lo que respecta a ambas especies, solamente aparecen inscriptas dos variedades de Camelina sativa. Se trata de Blaine Creek y Orovada (2017) de la firma Chacraservicios SRL, la cual era filial de Omega Grains LLC, que a su vez es controlada por Sociedad Comercial del Plata.

En 2019 la mayoría accionaria de Chacraservicios pasó a manos Adamant BioNRG, una empresa italiana dedicada a la bioenergía. Y en 2023 volvió a cambiar de titular al ser vendida a una filial del grupo agroindustrial Bunge (Koninklijke Bunge B.V.) y a una empresa controlada por el grupo energético Chevron (REG Overseas Holdings), las cuales tienen cada una un 50% del capital.

Tanto la camelina como la carinata se realizan en el marco de contratos de producción con empresas que lo elaboran para obtener aceite, el cual es fundamentalmente empleado para elaborar biocombustibles.

La semilla identificada es aquella que cuenta con la información necesaria para determinar su origen y cumple con requisitos mínimos de calidad, mientras que la fiscalizada, además de las exigencias anteriores, es la que demostró buen comportamiento en ensayos aprobados oficialmente y está sometida a control oficial durante todas las etapas del ciclo de producción (siembra, desarrollo, cosecha, acondicionamiento, envasado y rotulado del producto final).

Fuente: Bichos de Campo 

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