Se oficializó un nuevo ajuste de las tarifas referenciales de fletes para dejar en evidencia la pérdida de competitividad del agro argentino

Este martes se oficializó un nuevo ajuste del valor de las tarifas referenciales de fletes de granos ante el aumento de costos registrado desde la última actualización realizada en enero pasado.

Se oficializó un nuevo ajuste de las tarifas referenciales de fletes para dejar en evidencia la pérdida de competitividad del agro argentino

Luego de un debate entre transportistas y representantes de dadores de carga, con funcionarios de la Subsecretaría de Transporte Automotor oficiando de mediadores, se consensuó el pasado 13 de marzo un ajuste del valor de la tarifa de referencia por kilómetro para los servicios de transporte a nivel nacional.

Con el nuevo esquema –publicado hoy en el Boletín Oficial–, para fletes de 400 kilómetros la nueva tarifa de referencia pasó a ser de 39.048 $/tonelada (44,0 u$s/tonelada con el tipo de cambio vendedor BNA actual).

De esta manera, con los precios actuales promedio del maíz disponible Rosario (153.000 $/tonelada), el flete indicativo para transportar el cereal desde Río Cuarto (Córdoba) hasta las terminales portuarias rosarinas equivaldría a un 25,5% del valor bruto del maíz.

Un año atrás la proporción de la tarifa referencial del flete por una distancia de 400 kilómetros representaba un 19,2% del valor bruto del maíz, lo que evidencia una pérdida de competitividad importante en el período para las empresas agrícolas argentinas.

Eso porque el sinceramiento de los precios de los bienes y servicios empleados por el sector agrícola no se está realizando en simultáneo con un proceso similar destinado al valor de los granos, los cuales, además, registraron una caída de precios en el mercado internacional en el último año.

Vale recordar que el transporte automotor de cargas es una actividad desregulada, basada en la libertad de contratación, que limita la actividad del Estado en cuanto a su intervención en la relación contractual entre los dadores de cargas y el transportista; por lo tanto, las tarifas acordadas son de referencia y tiene carácter orientativo entre las partes.

Fuente: Bichos de Campo 

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