Importante avance: en un partido bonaerense se logró un inédito acuerdo sobre cómo regular el uso de agroquímicos

Diversas entidades de Nueve de Julio trabajaron en una ordenanza que se aprobó en el Concejo Deliberante local de manera unánime; los principales puntos del entendimiento

Importante avance: en un partido bonaerense se logró un inédito acuerdo sobre cómo regular el uso de agroquímicos

El partido bonaerense de Nueve de Julio intensificará la regulación de la aplicación de fitosanitarios luego de que el Concejo Deliberante aprobara de manera unánime una ordenanza con diversas medidas. Fue resultado de la colaboración entre diversas instituciones en un tema que suele generar controversiasLa Sociedad Rural local destacó que, gracias a la formación de una mesa de trabajo y al esfuerzo de varios años, se logró una “ordenanza mejor que la anterior”. Sin embargo, reconocen que aún existen aspectos por mejorar. Entre sus disposiciones, se destaca la creación de una zona de exclusión, abarcando el centro poblado y una franja de 200 metros a partir de su límite. Asimismo, se establece una zona de amortiguamiento donde se permite la aplicación de fitosanitarios, siempre y cuando se cumplan con requisitos específicos establecidos.

Nicolás Capriroli, integrante de la Comisión Directiva de la Sociedad Rural local, contó que todo comenzó a principio de 2020 cuando, por pedido del entonces intendente Mariano Barroso, se estableció una mesa de trabajo que congregó al Concejo Deliberante, la Dirección de Medio Ambiente de la Municipalidad, la Subsecretaría de Producción, la Sociedad Rural de 9 de Julio, la Regional Aapresid 9 de Julio-Casares, Aacrea, el Círculo de Ingenieros Agrónomos, el CREA local, así como a aplicadores terrestres y aéreos, además de organizaciones medioambientales, entre otros.

Según indicó, fueron variando las participaciones. Durante aproximadamente dos años se reunieron mensualmente, para analizar la ordenanza 4821/09 que regulaba esta actividad, dando lugar a la elaboración de un documento que fue entregado al Ejecutivo local para la formulación de un proyecto de ordenanza.

“Se trabajó bastante bien; se fue analizando la ordenanza anterior y las modificaciones que se podían ir introduciendo. Sin embargo, el resultado inicial no cumplió con nuestras expectativas, entonces seguimos trabajando principalmente con el círculo de ingenieros agrónomos, Aapresid y dos grupos CREA que hay en Nueve de Julio para seguir puliéndolo”, dijo. Según detalló, ese primer documento que entregaron al Ejecutivo local fue luego enviado al Concejo Deliberante como un proyecto de ordenanza que ingresó en 2022 a la Comisión de Salud en donde fue aprobado y pasó a Comisión de Legislación. Sin embargo, esto no siguió avanzando y se retomó el trabajo en marzo de este año.

“Nuestro objetivo era contar con una ordenanza clara y de fácil interpretación, donde la mayoría de las disposiciones estuvieran incluidas en el cuerpo del texto, en lugar de quedar sujetas a una reglamentación que resultaba bastante ambigua, como ocurría en la ordenanza anterior. Por eso en este tiempo estuvimos reescribiendo un montón de cosas, y unas cuantas se tomaron en cuenta”, agregó. En rigor, con las entidades mencionadas siguieron trabajando para modificar muchas cuestiones que no se habían tratado. Fue así que en la Comisión Legislativa se modificaron muchas cuestiones. Finalmente, el tratamiento de esta ordenanza se retomó en marzo de este año dando lugar a que el 23 de mayo pasado finalmente se apruebe.

Tenemos una ordenanza mejor que la que había antes, lo que no quiere decir que estemos conformes con la ordenanza en sí, sino que preferimos esta a la anterior”, agregó.

Según lo estipulado en la ordenanza, quedan sujetos a sus disposiciones todas las personas físicas o jurídicas que elaboren, distribuyan, utilicen, comercialicen, transporten, almacenen, manipulen y/o apliquen productos agroquímicos en ese partido, ya sea de forma aérea o terrestre. Para obtener la habilitación municipal necesaria será obligatoria la acreditación ante la Oficina de Actividades Económicas, de acuerdo con el registro o habilitación provincial establecido por la ley 10.699 y sus reglamentaciones.

Como se mencionó, la ordenanza estableció dos áreas fundamentales: la zona de exclusión y la zona de amortiguamiento. La zona de exclusión abarca el centro poblado y una franja de 200 metros a partir del mismo, incluyendo las escuelas rurales habilitadas formalmente en ese partido bonaerense. Quedó terminantemente prohibida la aplicación de productos agroquímicos dentro de esta zona, así como la permanencia, limpieza y estacionamiento de maquinaria terrestre cargada con dichos productos.

Por su parte, la zona de amortiguamiento se definió como la zona entre el límite de la zona de exclusión y los lotes contiguos, con una distancia mínima de 200 metros. Aquí se permitirá la aplicación de productos agroquímicos bajo ciertos requisitos establecidos por la ordenanza. Por otro lado, dentro de los primeros 2000 metros contiguos a las zona de exclusión, se prohibió la aplicación aérea de productos fitosanitarios, con excepción de las destinadas al control de plagas urbanas, que requieren autorización municipal.

Para realizar aplicaciones se deberán respetar las prohibiciones establecidas en las zonas de exclusión y de amortiguamiento, así como los períodos de carencia y reingreso, según lo indicado en la etiqueta de los productos utilizados y la receta fitosanitaria correspondiente. Se establecieron requisitos como contar con receta agronómica, carnet habilitante vigente y máquina habilitada por el Ministerio de Desarrollo Agrario.

Capriroli indicó que algo que les preocupa es que ese límite de 200 metros esté acordado en los mapas de una forma clara, ya sea con un alambrado, un camino para que no pueda prestarse a confusión. Para controlar las aplicaciones se creará el Departamento de Control de Aplicaciones. En la normativa se determinó que su objetivo será la recepción y control de la documentación de cada aplicación comprendida dentro de la zona de amortiguamiento, como así también coordinar con fiscalizadores para el control de aplicaciones dentro de zonas de amortiguamiento, control de actas de condiciones técnicas, y contactar a policía o patrulla rural a partir de la recepción de denuncias”. Participaron en la elaboración de esta normativa la Sociedad Rural local, el Círculo de Ingenieros Agrónomos, Regional Aapresid 9 de Julio-Casares, CREA, INTA 9 de Julio y la ONG Conciencia Agroecológica, además del Concejo Deliberante.

Fuente: Diario La Nación 

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