LA AFIP DETERMINÓ LA CANTIDAD MÍNIMA DE TRABAJADORES QUE DEBE HABER EN TAMBOS

En el caso de explotaciones con ordeñadores incluidos en los cuales no exista contrato asociativo deberá haber un trabajador por cada 28,20 vacas en ordeñe.

LA AFIP DETERMINÓ LA CANTIDAD MÍNIMA DE TRABAJADORES QUE DEBE HABER EN TAMBOS

 

La Administración Federal de Ingresos Públicos aplicará el Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT) a tareas realizadas en tambos.


 

La nueva normativa, publicada hoy en el Boletín Oficial, indica que en tambos con ordeñadores separados en los cuales exista Contrato Asociativo de Explotación Tambera deberá haber “un trabajador por cada 40 vacas en ordeñe para las tareas generales de la explotación a cargo del empresario titular y un ordeñador por cada 95 vacas en ordeñe a cargo del tambero asociado”.


 

En el caso de explotaciones con ordeñadores incluidos en los cuales no exista Contrato Asociativo de Explotación Tambera (o, en caso de existir, que el mismo no cumpla los requisitos exigidos por la Ley Nº 25.169), deberá haber un trabajador por cada 28,20 vacas en ordeñe o un trabajador por cada 707 litros diarios de leche producida.


 

Fuente: Infocampo.


 

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