Prácticamente inconstitucional revuelo en el NOA por una exigencia del Gobierno sobre el origen de las semillas de garbanzo

Productores de la región señalan que el Instituto Nacional de Semillas (Inase) les solicita, bajo la amenaza de multas, presentar las facturas de compra para un producto que, argumentan, vienen sembrando de manera artesanal desde hace más de 20 años

Prácticamente inconstitucional revuelo en el NOA por una exigencia del Gobierno sobre el origen de las semillas de garbanzo

Una notificación oficial encendió las alarmas entre los productores de la región del NOA quienes, hace dos semanas, fueron intimados por el gobierno nacional a acreditar el origen legal de las semillas de garbanzo utilizadas en la campaña agrícola actual. Esta exigencia, planteada mediante correos electrónicos enviados por el Instituto Nacional de Semillas (Inase), generó una creciente preocupación y rechazo en el sector. Los productores afirman que, en muchos casos, utilizan semillas de multiplicación propia o carecen de facturas debido al tiempo transcurrido desde la adquisición original. El Inase es un ente descentralizado de la Secretaría de Agricultura.

En diálogo con LA NACION, Gonzalo Blasco, presidente de la Asociación de Productores del Norte (Apronor), detalló: “Hace unos 15 días, se notificó a los productores que habían declarado superficie de siembra de cultivos de invierno, como el garbanzo, que deben demostrar el origen de la semilla, es decir, presentar una factura de compra. Los productores están respondiendo que no guardaron las facturas o que no las tienen porque comenzaron a sembrar este cultivo de manera casi artesanal hace más de 20 años. En muchos casos, ellos mismos multiplican las semillas y no utilizan variedades comerciales. Es decir, no existe un origen definido para muchas semillas utilizadas en la actualidad en esta zona. El cultivo de garbanzo en esta región empezó hace más de 20 años.”

El correo electrónico enviado por el Inase detalla que la medida busca “verificar el correcto cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas y su reglamentación.” Para ello, se establece un plazo de 10 días hábiles para que los productores presenten la documentación requerida, específicamente “copia digitalizada de la factura de compra de la semilla originaria”, a fin de poder continuar con la campaña 2024/2025. En caso de no cumplir con este requerimiento, se advierte que se iniciarán “acciones administrativas pertinentes” contra aquellos productores que no puedan acreditar la legalidad de las semillas utilizadas.

El mensaje, enmarcado dentro de la resolución conjunta N° 4248/18 del Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), detalla que esta exigencia se encuentra regulada por las resoluciones Inase N° 35/1996, Inase N° 52/2003, Inase N° 245/2024, RESOL-2018-378-APN-INASE#MA y la resolución Inase N° 2/2006. Añade que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las normativas vigentes.

Además, Blasco explicó que, en el caso particular de los productores de Apronor, la región tiene una fuerte tradición de cultivo de garbanzo, impulsada por sus descendientes españoles. “Es un cultivo arraigado por la misma herencia cultural. Nuestros abuelos vinieron de España, entonces siempre se ha consumido y cultivado garbanzos”, contó. Remarcó que muchos productores siempre reservaron lotes para la producción de semillas, pero estas no son variedades comerciales. “Cuando las declaran, suelen hacerlo bajo nombres como ‘norteño’ o ‘chañarito’, pero en realidad no se sabe con certeza cuál es el origen, la variedad o el cultivar de esas semillas,” comentó.

Blasco señaló que esta medida contradice la normativa de la exAFIP que solo obliga a guardar documentos contables por seis años. “Esta exigencia es retroactiva. Si en diciembre pasado se hubiera implementado la normativa, recién a partir de entonces se tendría que conservar las facturas durante 20 años. Pero aquí van para atrás, lo cual es prácticamente inconstitucional”, sostuvo.

Los productores que no presenten las facturas enfrentarían multas según el área. En el caso de un productor que siembra 100 hectáreas la sanción sería de 20.000 kilos de garbanzo. “Cuando comenzó el cultivo de garbanzos en el NOA, especialmente en Tucumán, nadie vino a ayudar a los productores ni a mejorar una variedad o cultivar para garantizar el éxito. Ahora, que ya se siembra una superficie que, si bien no es tan grande, es importante, aparecen socios para imponer multas o impuestos encubiertos”, apuntó.

 

El temor no solo recae en las multas, sino también en que esta medida pueda extenderse a otros cultivos especiales de la región. Por el momento, los productores están enviando respuestas al Inase alegando que no tienen las facturas requeridas. Desde Apronor adelantaron que han consultado a especialistas para abordar el tema. “Sería necesaria una reunión con alguna autoridad de orden nacional para aclarar estos temas y evitar que la situación empeore”, dijo.

Tras una consulta de LA NACION sobre el tema, desde el Inase contestaron: “Lo que recibieron es un requerimiento sobre el origen legal de la semilla en base a lo declarado en el SISA. Con la presentación de la factura se acredita el origen legal. Es un requerimiento que se hace con todas las especies de declaración en SISA”.

Fuente: Diario La Naciòn 

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