Feedlots: SENASA simplifica los requisitos de inscripción

El organismo eliminó la exigencia de presentar certificados de uso territorial y aptitud ambiental para inscribirse en el Registro Nacional de establecimientos de engorde a corral.

Feedlots: SENASA simplifica los requisitos de inscripción

El SENASA simplificó los requisitos para inscribir establecimientos de engorde a corral en el Registro Nacional de Establecimientos Pecuarios de Engorde a Corral. La medida elimina la presentación de certificados de uso territorial y de aptitud ambiental ante el organismo sanitario nacional.

La modificación fue oficializada este 31 de agosto mediante la Disposición DNSA N.° 26/2026, publicada en el Boletín Oficial, y modifica la Resolución N.° 329-E/2017.

El objetivo es unificar criterios en todo el país, reducir cargas administrativas y evitar la duplicación de documentación que surge de la coexistencia de distintos regímenes provinciales y municipales.

Qué requisitos se eliminan para los feedlots

A partir de la nueva disposición, los establecimientos que busquen inscribirse en el Registro Nacional de feedlots ya no deberán presentar ante el SENASA los certificados vinculados con:

  • Uso territorial o uso del suelo.
  • Aptitud ambiental.

El organismo explicó que estos aspectos corresponden a las autoridades provinciales y municipales, por lo que exigir esa documentación como parte de un trámite sanitario nacional implicaba incorporar instancias de evaluación que excedían las competencias específicas del SENASA.

La normativa también elimina la obligación de completar una declaración jurada sobre la inexistencia de normativa municipal o provincial relacionada con el uso del suelo y el medio ambiente, debido a que ese requisito pierde sustento con la eliminación de los certificados.

Qué trámites y controles se mantienen

La simplificación administrativa no implica eliminar los controles sanitarios sobre los establecimientos de engorde a corral.

Los productores deberán continuar cumpliendo con los requisitos establecidos por el SENASA, entre ellos la inscripción en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA), la identificación del establecimiento y de sus responsables y la verificación de las condiciones técnicas y de infraestructura.

También se mantienen la visita de constatación y las obligaciones relacionadas con el registro de movimientos, tratamientos, alimentación y medidas de bioseguridad.

De esta manera, el organismo mantiene bajo su órbita los controles vinculados específicamente con la sanidad animal, aun cuando elimina documentación que corresponde a otras jurisdicciones.

La habilitación sanitaria no reemplaza los permisos locales

El SENASA aclaró que la inscripción y habilitación sanitaria otorgada por el organismo no reemplaza las autorizaciones, permisos o habilitaciones que puedan exigir las normativas nacionales, provinciales o municipales.

Por lo tanto, los establecimientos deberán continuar cumpliendo con las disposiciones que correspondan en materia de radicación, uso del suelo, protección ambiental y funcionamiento.

La modificación apunta así a separar las competencias de cada jurisdicción y evitar que un trámite sanitario nacional requiera documentación cuya evaluación corresponde a gobiernos provinciales o municipales.

Menos burocracia para los establecimientos de engorde

Con esta actualización, el SENASA busca avanzar en la simplificación de trámites para los productores ganaderos, eliminando requisitos documentales que generaban duplicación de gestiones entre distintos niveles del Estado.

El organismo remarcó que la medida no crea nuevos registros ni trámites y tampoco modifica las exigencias sanitarias y documentales que continúan vigentes para los establecimientos de engorde a corral.

El cambio apunta a facilitar la inscripción de los feedlots en todo el país, al mismo tiempo que mantiene la fiscalización sanitaria necesaria para garantizar las condiciones de producción y bioseguridad de la actividad ganadera.

Fuente: Senasa

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