Argentina regula por primera vez la piscicultura comercial
El SENASA estableció por primera vez en Argentina condiciones sanitarias específicas para la piscicultura comercial, mediante la Resolución N.° 793/2026 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
La norma alcanza a los establecimientos que producen peces para consumo, tanto en tierra como en ríos, lagos, embalses y ambientes marítimos, y fija requisitos de bioseguridad, bienestar animal, trazabilidad y buenas prácticas con el objetivo de fortalecer la actividad y facilitar el acceso a nuevos mercados.
La producción acuícola argentina cuenta desde ahora con un marco sanitario específico. El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) reglamentó los requisitos mínimos de bioseguridad y buenas prácticas que deberán cumplir los establecimientos dedicados comercialmente a la producción de peces destinados al consumo.
La medida representa un cambio relevante para el sector, ya que se trata de la primera normativa sanitaria específica para la piscicultura comercial en el país.
El nuevo esquema alcanza a establecimientos productivos con distintas características y ambientes, desde sistemas instalados en tierra hasta aquellos ubicados en ríos, lagos, embalses y zonas marítimas.
También comprende establecimientos dedicados a la reproducción, incubación, alevinaje y engorde.
Qué deberán cumplir los productores
Entre las nuevas obligaciones se encuentra la inscripción de los establecimientos alcanzados en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA).
Además, deberán cumplir con las disposiciones vigentes en materia de bienestar animal y contar con un Técnico Acuícola Acreditado.
Para avanzar con la acreditación de estos profesionales, el SENASA informó que a partir de octubre estará disponible el curso correspondiente en su Aula Virtual para usuarios externos.
La reglamentación también establece requisitos de infraestructura que varían de acuerdo con el sistema de producción.
En los establecimientos ubicados en tierra se contemplan, entre otros aspectos, la delimitación de áreas, señalización y barreras sanitarias en los accesos.
Para las explotaciones instaladas en cuerpos de agua continentales o marítimos se incorporan requerimientos específicos vinculados con las jaulas flotantes.
Más controles sobre agua, ingresos y enfermedades
La nueva normativa incorpora un conjunto de medidas destinadas a reducir los riesgos sanitarios dentro de los establecimientos.
Entre los principales requisitos se encuentran:
- Controles de acceso.
- Protocolos para el manejo del agua.
- Cuarentena de lotes de peces que ingresan al establecimiento.
- Limpieza y desinfección periódica de instalaciones y equipos.
- Gestión segura de animales muertos.
- Notificación ante sospechas de enfermedades.
- Registros documentales de las acciones realizadas.
Cada establecimiento deberá contar además con un Manual de Bioseguridad y Buenas Prácticas Acuícolas, donde queden establecidos los procedimientos de prevención, limpieza, desinfección, manejo sanitario y bienestar animal.
También será obligatorio disponer de un Manual de Contingencia para actuar ante episodios de alta mortandad o frente a la sospecha de enfermedades de notificación obligatoria.
La adecuación será gradual
Debido a la diversidad de sistemas productivos que conforman la actividad acuícola, la implementación de las nuevas exigencias se realizará por etapas.
La resolución tendrá una vigencia efectiva a los 180 días corridos de su publicación. A partir de ese momento, los titulares de los establecimientos tendrán otros 90 días para presentar ante el SENASA un informe sobre el cumplimiento de los requisitos.
Cuando exista un cumplimiento parcial, los productores podrán presentar un plan de adecuación. En esos casos, tendrán un plazo de hasta 24 meses para completar las exigencias pendientes.
Este esquema busca permitir que los establecimientos adapten gradualmente sus instalaciones y procedimientos al nuevo marco sanitario.
Buscan fortalecer la producción y abrir mercados
Desde el organismo sanitario señalaron que la regulación apunta a acompañar el crecimiento de la actividad y mejorar aspectos centrales como la trazabilidad de los peces y del material reproductivo.
También busca proteger el patrimonio zoosanitario nacional y reducir el riesgo de introducción y propagación de enfermedades.
Otro de los objetivos es sostener el estatus autodeclarado de zona libre de enfermedades de los salmónidos en el norte de la Patagonia, además de contribuir a garantizar la inocuidad de los alimentos producidos.
La normativa se encuentra alineada con las recomendaciones del Código Sanitario para los Animales Acuáticos de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).Con esta regulación, la piscicultura comercial argentina incorpora por primera vez un marco sanitario específico y obligatorio para ordenar su desarrollo. La apuesta oficial combina mayores exigencias de bioseguridad y trazabilidad con el objetivo de consolidar una producción acuícola sustentable, fortalecer el mercado interno y generar condiciones para ampliar las oportunidades de exportación.
Fuente: SENASA
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