PUBLICAN REQUISITOS PARA ACCEDER A FRANQUICIAS PARA PRODUCTORES EN EMERGENCIA AGROPECUARIA

Fue publicada la resolución general 2723 en el Boletín Oficial.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) estableció los requisitos para acceder a las franquicias impositivas previstas para los productores comprendidos en zonas declaradas en estado de emergencia agropecuaria y/o desastre agropecuario.
 
En la resolución general 2723, publicada ayer en el Boletín Oficial, el organismo tributario a cargo de Ricardo Echegaray dictó además las normas complementarias tendientes a su implementación.
 
En su artículo 1, se aclara que los beneficios serán reconocidos únicamente para las actividades comprendidas en las respectivas normas nacionales que establezcan la declaración de estado de emergencia o desastre agropecuario.
 
Los contribuyentes deberán presentar una declaración jurada, manifestando su condición de beneficiario y que la explotación afectada constituye su principal actividad, aquella que hubiera generado más de 50% de los ingresos brutos totales del último ejercicio anual previo al período de emergencia o desastre.
 
La norma difiere hasta la finalización del ciclo productivo el vencimiento de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales, a la ganancia mínima presunta y fondo para educación y promoción cooperativa.
 
Cuando el contribuyente está inscripto en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) o Monotributo, las obligaciones mensuales correspondientes al componente impositivo se reducirán en 50% o en 75%, según se trate de declaración de estado de emergencia agropecuaria o desastre, respectivamente.
 
Además, cuando en un mismo período anual acumularan ingresos por ventas que corresponden a dos ciclos productivos anuales o liquidaran “stocks” de producción por razones excepcionales, podrán solicitar una recategorización.
 
Cuando se realizaren ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina, y el beneficio resultante de las mismas se hubiera deducido en el balance impositivo del impuesto a las ganancias, deberá presentarse una declaración jurada.
 
Para constatar el cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos, el grado de afectación de la capacidad de producción de las parcelas declaradas en estado de emergencia agropecuaria o de desastre y la veracidad de la documentación presentada, la Afip podrá cruzar información y, en su caso, -requiriendo el apoyo de organismos especializados, aclaró la norma.
 
Fuente: Télam, La Capital.

Volver

Otras Novedades

25/06/2026

La siembra de trigo alcanza el 65,8% del área prevista, pero persisten demoras por el exceso de humedad

25/06/2026

La siembra de cebada avanza al 34,6%, pero el exceso de humedad mantiene fuertes retrasos

25/06/2026

La cosecha de soja entra en su tramo final y la producción se mantiene en 50,1 millones de toneladas

25/06/2026

La cosecha de maíz avanza sobre el 51,2% del área y se mantiene la proyección de 64 millones de toneladas

25/06/2026

Por cada hectárea de soja ya hay casi una de gramíneas y la región núcleo consolida un cambio histórico

25/06/2026

La siembra de fina avanza con demoras y la cosecha de soja muestra fuerte heterogeneidad regional

24/06/2026

Sin acuerdo en la paritaria aceitera: crece la tensión en plena cosecha gruesa

24/06/2026

El maíz se derrumba en EE.UU. pero se sostiene en Europa: qué está pasando en el mercado global

24/06/2026

Cambio brusco de tiempo: calor, frente frío y tormentas en el NEA

24/06/2026

El agro impulsa el PIB: la economía creció 2,3% en el primer trimestre