APERTURA VIRTUAL: EL GOBIERNO NO HABILITÓ NINGÚN CUPO DE EXPORTACIÓN DE TRIGO Y MAÍZ.
Un "consejo de evaluación" será el encargado de definir el saldo exportable de ambos productos. El plazo de embarque será de 365 días contra el pago de retenciones por adelantado.
La “apertura” de las exportaciones de trigo y maíz 2009/10 –anunciada por el gobierno nacional el pasado 10 de septiembre– será sólo virtual.
Si bien en los últimos días trascendió que se habilitarían cupos de exportación de cereales correspondientes al ciclo 2009/10, eso finalmente no sucedió.
Por medio de la resolución 7552/09 de la Oncca, publicada hoy en el Boletín Oficial, el gobierno dispuso que los permisos de embarque de trigo y maíz serán otorgados por la Oncca (tal como sucede hasta ahora) a partir de un informe “que brinde el Consejo de Evaluación y Seguimiento del Mercado”.
Dicho “Consejo de Evaluación” estará integrado por el presidente de la Oncca y representantes del Ministerio de la Producción, la Secretaría de Comercio Interior y la Administración Federal de Ingresos Públicos. También contará con la presencia de representantes del Centro de Exportadores de Cereales (CEC) y de la Federación Argentina de la Industria Molinera (Faim). La resolución 7552/09, en referencia al organismo, aclara que “su opinión será consultiva”.
La norma indica que en 2009/10 deberán asegurarse 8,0 millones de toneladas de maíz y 6,50 millones de trigo para abastecimiento del mercado interno.
El saldo exportador autorizado “será el resultante de restarle al total de la producción de la cosecha 2009/10 y sucesivas, más el remanente de la cosecha anterior, la demanda interna, las previsiones por semillas para la próxima siembra y las correspondientes a diversas contingencias”.
La resolución también establece que “cuando la demanda interna así lo amerite”, las firmas exportadoras deberán proveer mercadería para el abastecimiento interno” al precio FAS teórico establecido por la Secretaría de Agricultura (Sagpya). Tal abastecimiento podrá ser exigido “en proporción a los ROE (permisos de embarque) otorgados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente medida”.
La norma dispuso además un régimen optativo por medio del cual aquellos exportadores que paguen retenciones por adelantado tendrán un plazo de 365 días para concretar embarques de trigo y maíz 2009/10 (una vez que éstos hayan sido autorizados por la Oncca).
En cambio, si el exportador decide pagar retenciones al momento de liquidar la operación, tiene un plazo de apenas 45 días para efectivizar la salida de la mercadería (contados también a partir de la autorización de la operación por parte de la Oncca).
Una novedad legal interesante es que sólo podrán solicitar permisos de embarques de trigo y maíz 2009/10 aquellas empresas que hayan firmado el “acuerdo” cerealero del pasado 10 de septiembre. Las demás firmas podrán –es decir, las que no hayan firmado el acuerdo– podrán solicitar ROE si aceptan adherirse al acuerdo.
Las toneladas de trigo y maíz 2009/10 con destino a exportación compradas por los traders firmantes del acuerdo deberán ser abonadas –según indica la norma– con el valor FAS teórico publicado por la Sagpya el día hábil anterior al de la fecha de facturación (hoy ese valor es 594 $/tonelada en trigo y de 467 $/tonelada en maíz).
Las entidades y empresas que firmaron el “acuerdo” cerealero del 10 de septiembre pasado son –además de CEC y Faim– Cargill, Aceitera General Deheza, Nidera, Bunge, LCD Argentina (Dreyfus), Noble, ACA, Curcija, AFA, Gear, ADM Argentina, Productos Sudamericanos, Oleaginosa Moreno y Multigrain Argentina. El texto completo del acuerdo puede verse aquí.
En los últimos tres meses la exportación permaneció retirada del mercado de cereales (sólo ofreció contratos forwards de maíz 2009/10 de manera esporádica).
Fuente: Infocampo.