Justicia falló a favor de empleado que quería dólares para comprar un campo
Declaran inconstitucional el cepo cambiario.
El Juzgado Federal de primera instancia N° 1 de Neuquén declaró inconstitucional la prohibición del Banco Central de comprar moneda extranjera para ahorro o inversiones varias y dio lugar a un amparo presentado por un hombre que necesitaba comprar U$S 125.000 para saldar una deuda por la compra de un campo.
Carlos María Martín, un empleado en relación de dependencia con ingresos netos mensuales de $80.000, había presentado un amparo para que la AFIP le autorice una compra de dólares para cancelar una deuda por un terreno que había comprado en la localidad bonaerense de Mar Chiquita.
El organismo recaudador le negó la posibilidad bajo el pretexto de "inconsistencias patrimoniales", a pesar de que el interesado había presentado documentación respaldatoria de origen de los fondos y sobre su capacidad económica.
Así, la jueza Carolina Pandolfi opinó que la decisión de la AFIP de no venderle dólares esgrimiendo incosistencias era "manifiestamente arbitrario" ya que el ente "no ha dado una sola razón para justificar su posición de que el Sr. Martín carece decapacidad económica suficiente para la operación".
La magistrada declaró específicamente inconstitucional el artículo II de la Comunicación "A" 5318 del 5 de julio de 2012 que suspendió por tiempo indeterminada la compra de divisas para atesoramiento o inversiones personales directas, mientras que acotó las operaciones a turismo, compra de inmuebles, importaciones, compra de material rodante, aviones o barcos o equipamiento científico.
La jueza le ordenó a la AFIP que le autorice la operación antes del 19 de junio próximo. Al mismo tiempo, declaró "abstracto" el planteo de inconstitucionalidad de los artículos 6 y 7 de la Resolución General 3210/2011 que establece la implementación del sistema de autorizaciones para adquirir moneda.
La postura de la Afip
La AFIP apeló la sentencia del Juzgado Federal N° 1 de la provincia de Neuquén, a cargo de la Dra. Carolina Pandolfi, que hizo lugar a un amparo presentado por un contribuyente que pretendía comprar dólares para adquirir un campo.
En el fallo, la jueza incurrió en una notoria contradicción ya que ordena a la AFIP "validar" la compra de divisas con destino "compra de inmuebles" cuando la Comunicación "A" 5377 del Banco Central sólo establece que la AFIP valide las compras de divisas con destino "viajes y turismo".
A partir de la apelación de la AFIP, ahora deberá intervenir la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, la que ya había rechazado el año pasado la medida cautelar concedida por la Jueza al mismo contribuyente y por el mismo motivo.
A la fecha se han iniciado 129 acciones judiciales relativas a la operaciones cambiarias, sin que exista ningún pronunciamiento firme avalando las pretensiones de los contribuyentes de comprar divisas al margen de las normas que regulan la materia.
Fuente: Punto Biz.