Problemas Emisión LPG - "Falta de capacidad productiva"
Información de interés del Centro de Corredores de Rosario.
Llevamos e vuestro conocimiento que se están generando dificultades al momento de emitir las liquidaciones primarias de granos (LPG), ya que tanto el facturador manual de AFIP, como el Web Service del organismo reportan un error relacionado con la falta de capacidad productiva del contribuyente.
Hemos tomado contacto con la Dirección de Análisis y Fiscalización Especializada de AFIP, donde nos informaron que el error se debe a que el contribuyente (productor) no ha exteriorizado aún el Anexo I de la RG2750, que establece el Régimen de Información de Capacidad Productiva.
Desde el Centro de Corredores de Rosario, hemos manifestado a los responsables del organismo que el plazo para cumplir con el citado Régimen de Información, no ha transcurrido aún, ya que se extiende desde el 01/09/2013, al 30/09/2013 inclusive, y que sin perjuicio de esto, se está aplicando al productor las consecuencias previstas en el Art. 6º de la citada norma. Asimismo, les solicitamos que analicen este tema, a los fines de que pueda revisarse el criterio adoptado.
Más allá de esto, y sin perjuicio de las gestiones que continué llevando adelante este Centro, recomendamos contactarse con vuestros clientes a los efectos de interiorizarlos de esta situación, y en caso que lo consideren conveniente solicitarles que cumplan con la información de las existencias, más allá de que el plazo aún no hay expirado.
Enviamos a continuación mail informativo para que puedan retransmitir a vuestros clientes.
Los mantendremos informados al respecto.
Señores Asociados:
Les recordamos que a partir del día 1 de septiembre y hasta el día 30 de septiembre, ambas fechas inclusive, se deberá informar las existencias (al día 31 de agosto de cada año) de granos no destinados a la siembra — cereales y oleaginosos— y legumbres secas — porotos, arvejas y lentejas— de propia producción (stock), detallados en el Anexo I de la RG 2750.
Asimismo, les recordamos que desde el día 1 de julio y hasta el 31 de octubre, corre el plazo para informar la superficie agrícola destinada a los cultivos de invierno, indicados en el Anexo II de la RG 2750.
ANEXO I
CODIFICACION DE TIPOS DE GRANOS PARA INFORMAR EXISTENCIAS
Lino | Sorgo granífero |
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Girasol | Soja |
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Maní en caja | Trigo blando |
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Maní para industria de selección | Trigo plata |
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Maní para industria aceitera | Maíz flynt o plata |
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Maní tipo confitería | Maíz pisingallo |
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Colza | Triticale |
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Colza "00"/Canola | Alpiste |
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Trigo forrajero | Algodón |
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Cebada forrajera | Cártamo |
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Cebada apta para maltería | Poroto blanco natural oval y alubia |
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Trigo candeal | Poroto distinto del blanco oval y alubia |
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Trigo pan | Arroz |
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Avena | Lenteja |
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Cebada cervecera | Arveja |
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Centeno | Poroto blanco seleccionado oval y alubia |
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Maíz | Otras legumbres |
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Mijo | Otros granos |
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Arroz cáscara | Garbanzo |
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ANEXO II
DETALLE DE TIPOS DE GRANO PARA INFORMAR SUPERFICIE AGRICOLA
Alpiste | Centeno |
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Arveja | Garbanzo |
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Avena | Lenteja |
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Cártamo | Lino |
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Colza / Canola | Trigo |
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Cebada | Triticale |
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| Otros granos provenientes de Cultivos de Invierno |
Departamento Administrativo
Centro de Corredores de Cereales de Rosario