Reintentan regular feedlots.

Los senadores Alcides Calvo y Armando Traferri presentaron nuevamente el Proyecto de Ley, por el cual se regula las radicaciones de los Sistemas Concentrados de Alimentación Animal. Cabe recordar que proyectos de similares características fueron presentados en dos oportunidades 2006 y 2008 respectivamente, habiendo sido sancionados por la Cámara Alta y girados en su oportunidad para su tratamiento a la Cámara de Diputados, los cuales no han sido tratados en tiempo y han provocado la pérdida de estado parlamentario.

Reintentan regular feedlots.

Los senadores Alcides Calvo y Armando Traferri presentaron nuevamente el Proyecto de Ley, por el cual se regula las radicaciones de los Sistemas Concentrados de Alimentación Animal. Cabe recordar que proyectos de similares características fueron presentados en dos oportunidades 2006 y 2008 respectivamente, habiendo sido sancionados por la Cámara Alta y girados en su oportunidad para su tratamiento a la Cámara de Diputados, los cuales no han sido tratados en tiempo y han provocado la pérdida de estado parlamentario.

El Proyecto presentado define a los Sistemas Concentrados de Alimentación Animal como aquellos que realizan procedimientos o actividades destinados a la producción de animales, huevos, leche, cueros y pieles, plumas, pelo, lana y acuáticos desarrollados en establecimientos donde los alimentos son suministrados directamente al animal en confinamiento, y los desechos y residuos de los animales (estiércol, animales muertos, residuos de alimentos) estén concentrados en sitios que sobrepasen la capacidad de asimilación del suelo.

El mismo prevé una clasificación por su densidad de producción, en Grandes (Categoría A), Medianos (Categoría B) y Pequeños (Categoría C) en función al número de animales en confinamiento, de acuerdo con una Tabla de Equivalencias.

A su vez dispone que para la instalación de nuevos establecimientos será obligatoria la previa realización y presentación de los estudios de Evaluación de Impacto Ambiental, que determine la Secretaría de Medio Ambiente de la Provincia.

Los Establecimientos instalados y los nuevos estarán sujetos a auditorías ambientales, documentales, alimenticias, sanitarias, registrales, de bienestar animal, etc.

Todos los establecimientos deberán contar con un Responsable Técnico habilitado, Médico Veterinario o Ingeniero Agrónomo.

La Autoridad de Aplicación y la Secretaría de Medio Ambiente establecerán los estándares válidos de calidad de agua, aire y suelo a considerar, para los vertidos y residuos producidos.

Es obligatoria en todo el territorio de la Provincia de Santa Fe la solicitud del permiso para localizar establecimientos Grandes o Medianos y los Pequeños con fines comerciales, para zonas consideradas con alta concentración de animales y en lugares que la autoridad de aplicación considere zonas críticas o sensibles. Se instaura un régimen sancionatorio para quienes no cumplan con los requisitos establecidos.

Para los establecimientos Grandes y Medianos ya instalados, es obligatorio presentar en el término de 6 y 12 meses respectivamente, la Evaluación de Impacto Ambiental

Los establecimientos Pequeños, ya instalados, que no estén localizados en zonas críticas y/o sensibles o de alta carga animal quedan exceptuados de las obligaciones de la ley.

Además se crea un Registro Provincial de Sistemas Concentrados de Alimentación Animal.

En sus fundamentos los autores expresan que la modalidad de corrales de recría intensiva o engorde intensivo de ganado bovino, caprino, porcino, ovino y equino, como así también la cría intensiva de aves de corral y conejos, todos bajo los sistemas de "feed-lot", o "lote de alimentos", o "engorde a corral", está alcanzando en nuestro país un alto grado de desarrollo, con consecuencias no deseadas pero existentes que por su gravedad y trascendencia obligan a la intervención del Estado como principal responsable del cuidado y protección del Medio Ambiente y de la salud de sus habitantes.

La alta concentración de animales en un espacio reducido, ocasionan importantes desórdenes. En especial cuando sus localizaciones se ubican dentro o próximos a centros urbanos, diseminando en áreas cercanas olores desagradables, a veces intolerables para la vida humana, además de la procreación de insectos y animales que no sólo atentan contra la calidad de vida, sino que ponen en riesgo la salud misma de la población.

Se concluye manifestando que el proyecto propuesto tiene por finalidad por un lado garantizar que la producción de productos de origen animal, se realicen respetando los estándares de calidad identificados por el SENASA, Código Alimentario Argentino y además complementar con estándares ambientales que permitan al país y particularmente a nuestra Provincia y la Región posicionarse a nivel internacional para el abastecimientos de productos de origen animal de alta calidad alimenticia y saludables, y cuyos procesos productivos respetan el ambiente, los animales y el bienestar de los trabajadores y sus familias.

Fuente: La Opinión de Rafaela

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