El tipo societario que adopta el campo tiene fuertes repercusiones impositivas

Parece tentador inclinarse por una sociedad de hecho, que parece tener ventajas, pero que desde el punto de vista impositivo los beneficios que aporta son casi nulos. Ventajas y desventajas comparando una SRL

El tipo societario que adopta el campo tiene fuertes repercusiones impositivas

Parece tentador inclinarse por una sociedad de hecho, que parece tener ventajas, pero que desde el punto de vista impositivo los beneficios que aporta son casi nulos. Ventajas y desventajas comparando una SRL.

Una inversión bastante frecuente puede ser la compra de un campo, y es fácil que se haga en conjunto con otras personas, pero es importante pensar el tipo societario y no quedarse en la sociedad de hecho que tiene problemas desde el punto de vista impositivo y también legal. Una alternativa es establecer una SRL. Ventajas y desventajas de cada una.

“En una planificación fiscal, una de las recomendaciones es el tipo societario a elegir.

Parece tentador inclinarse por una sociedad de hecho, que parece tener ventajas, pero que desde el punto de vista impositivo los beneficios que aporta son casi nulos”, dijo Santiago Sáenz Valiente, titular del estudio del mismo nombre y profesor de UCA Postgrado.

Efectivamente, desde la óptica de su administración, la sociedad de hecho no requiere trámites de constitución, no se realizan estados contables anuales y no se pagan tasas anuales de contralor. Sin embargo, la responsabilidad de los socios es solidaria y cada uno de ellos representa a la entidad y se les puede exigir la deuda total a cada uno sobre sus bienes propios. En caso de quebrar afecta al patrimonio personal de los socios.

En cuanto al tema impositivo, Sáenz Valiente enumeró los siguientes factores:

Las sociedades de hecho no son sujetos de Impuesto a las Ganancias sino que cada socio declara la renta que se le adjudica por su porcentaje de participación societaria. Luego de $ 120.000 se tributa al 35%, por lo que no existe prácticamente ventaja.

Los saldos a favor en el IVA, tan frecuentes en el agro por la vigencia del Registro Fiscal de Operadores de granos, aun cuando el contribuyente esté habilitado, no podrán ser utilizados para cancelar Ganancias, ya que se trata de sujetos distintos. La sociedad de hecho es la titular del saldo de IVA y la deuda de Ganancias es de los socios.

No se debe liquidar y abonar el Impuesto a la Participación Societaria, que resulta del 0,5% del patrimonio de la empresa.

En cambio, deberá incluirse el porcentaje de participación sobre todo el patrimonio de la explotación agropecuaria en el Impuesto sobre los Bienes Personales de cada integrante de la sociedad de hecho.

Ello puede ser más gravoso pues la tasa podría alcanzar al 1,25% respecto del 0,5% que rige en forma directa por el Impuesto a la Participación Societaria.

Respecto del aporte jubilatorio de Autónomos, la interpretación del fisco es que todos y cada uno de los componentes de la sociedad de hecho deben obligatoriamente adherirse al régimen y abonar mensualmente la cuota

El Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, debe ser afrontado por la sociedad de hecho. Debe incluirse el inmueble rural propiedad de los integrantes que se utiliza en la actividad, en los casos que no tengan fijado por dicho motivo una retribución determinada tal como un arrendamiento.

El Impuesto a las Ganancias presunto del 35% sobre la ganancia de la sociedad de hecho es un pago a cuenta directo de Ganancia Mínima Presunta.

Esta sería una de las pocas ventajas impositivas de este tipo societario.

La posibilidad de transformar jurídicamente sin costo impositivo directo una sociedad de hecho en SRL (Sociedad de Responsabilidad Limitada) mejoraría gran parte de las situaciones, indicó Sáenz Valiente.

La sociedad de hecho no entra en las consideraciones de reorganización societaria y por ello queda liberada del cumplimiento de continuidad de capital y actividad por 2 años, tal como se requiere para una fusión o escisión libre de impuestos de otro tipo de sociedades.

Puede jugar en contra de la SRL la obligación de llevar registraciones contables, sus libros y balance general anual con firma de contador público.

Pero es algo que obliga a ordenarse al contribuyente y sirve para el control de gestión de la empresa, comentó Sáenz Valiente.

Por otra parte da la posibilidad de lograr una forma de retribución a los socios gerentes por su función de administradores con un costo fiscal acotado en virtud del incremento de la deducción especial de Impuesto a las Ganancias permitida para sueldos.

La sociedad anónima también puede ser útil como tipo societario de un campo, pero tiene mayor complejidad administrativa y los dividendos que se abonen a los accionistas llevan el 10% extra de Ganancias.

En estos últimos dos tipos societarios, al ser las sociedades sujetos de Ganancias y de IVA podrán compensarse los saldos a favor que pudieran surgir por anticipos, adelantos o retenciones sufridas, denominados de libre disponibilidad.

Fuente: Diario El Cronista Comercial

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