Reglamentan la ayuda para los pequeños tamberos
La Nación subsidiará con $ 0,30 por litro a los productores que procesen hasta 2.900 litros diarios. El beneficio regirá por tres meses.
Gobierno nacional creó el Régimen de Recomposición del Pequeño Productor Lechero, que otorga un beneficio de 30 centavos por litro a los pequeños tamberos por tres meses.
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La Nación subsidiará con $ 0,30 por litro a los productores que procesen hasta 2.900 litros diarios. El beneficio regirá por tres meses.
Gobierno nacional creó el Régimen de Recomposición del Pequeño Productor Lechero, que otorga un beneficio de 30 centavos por litro a los pequeños tamberos por tres meses.
La medida fue dispuesta por la Resolución 82 del Ministerio de Economía de la Nación y reglamentada a través de la Resolución 43/2015 de la Secretaría de Comercio, ambas publicadas en el Boletín Oficial.
El flamante régimen, surgido tras un acuerdo de la Nación con las entidades lecheras, otorga un subsidio por litro producido de leche cruda para entregar a las industrias.
Se extenderá entre marzo y mayo de este año, aunque podría prorrogarse un mes más para quienes se inscriban en forma tardía.
En los considerandos de las normas se remarca que este es un período estacionalmente de menor precio para el sector. Además, se destaca la situación coyuntural que viven los productores de Córdoba y Santa Fe debido a las inundaciones.
Serán beneficiarios quienes produjeron un promedio diario de hasta 2.900 litros de leche para industrializar, que serán calculados en forma mensual para cada uno de los meses en los cuales rige el aporte oficial.
La norma explica que se tomará como base de cálculo lo producido mensualmente por cada persona física o jurídica, independientemente de la cantidad de establecimientos que explote.
Como requisito para acceder al subsidio, los productores tendrán que estar incluidos en la nómina de tambos proveedores de los operadores lácteos obligados por la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip).
Cómo es el trámite
Para recibir el beneficio los pequeños tamberos deberán inscribirse en la secretaría de Comercio y completar una declaración jurada en: www.mecon.gob.ar/secretarias/comercio/comercio-interior. El plazo es el 31 de marzo próximo.
Hasta el 10 del mes siguiente del beneficio, el productor deberá informar la producción total de leche cruda remitida a la industria a través de ese mismo formulario.
La resolución aclara que la Subsecretaría de Comercio Interior calculará el beneficio para cada productor lechero en base a la información suministrada por la Afip.
Además, si las declaraciones juradas muestran "una sensible disminución en los litros de leche producidos respecto de los meses anteriores al régimen" la Secretaría de Comercio podrá disponer inspecciones a los establecimientos.
Fuente: La Voz del Interior