Por primera vez en una década la Afip canceló toda la deuda impositiva que tenía con los productores agrícolas

Los compradores de granos –a partir de lo determinado por la resolución general 2300/07– deben retener a los productores inscriptos en el Registro Fiscal de Operadores de Granos el 8% de IVA, del cual, según lo determina la norma, el 7% debe ser restituido a los empresarios agrícolas en un plazo máximo de sesenta días de emitida la Liquidación Primaria de Granos.

Por primera vez en una década la Afip canceló toda la deuda impositiva que tenía con los productores agrícolas

Por retenciones y retenciones y percepciones de IVA atrasadas.

Los compradores de granos –a partir de lo determinado por la resolución general 2300/07– deben retener a los productores inscriptos en el Registro Fiscal de Operadores de Granos el 8% de IVA, del cual, según lo determina la norma, el 7% debe ser restituido a los empresarios agrícolas en un plazo máximo de sesenta días de emitida la Liquidación Primaria de Granos.

Pero durante el régimen kirchnerista las devoluciones podría llegar a tardar más de un año. En los primeros meses de la gestión del presidente Mauricio Macri las nuevas autoridades de la Afip agilizaron la restitución de saldos a favor por retenciones y percepciones de IVA. Pero luego se achanchó

A fines del año pasado Marcos Rodrigué, empresario agropecuario e intendente de Inriville (Córdoba), denunció que el retraso por parte del Afip se extendía a seis meses, los cuales fueron acortados a tres meses a comienzos de 2017. La buena noticia es que las autoridades de la Afip se acaba de cancelar la deuda impositiva que mantenían con los productores.

“La Afip se puso al día con un régimen sistémico de devoluciones que existe desde 2007 y nunca había cumplido (desde entonces) los plazos establecidos”, comentó hoy la consultora agropecuaria Cecilia Vignau.

“Diez años hace que existe la resolución 2300 y todo ese tiempo la Afip le caminó plata a los productores. Hoy se pone al día. No saben la emoción que tengo”, añadió en su cuenta personal de Twitter.

El momento del año en el cual se produce la liquidación de la deuda impositiva es clave porque la mayor parte de las empresas agrícolas requieren liquidez para cancelar deudas comerciales, cuotas de arrendamientos, y gastos de cosecha gruesa, además de las erogaciones necesarias para financiar la próxima siembra de trigo y cebada.

Más allá de la buena noticia, es clave que el mecanismo de devolución de retenciones y percepciones de IVA se ajuste –de aquí en más– siempre a los plazos dispuestos por la normativa vigente para evitar recurrir a préstamos bancarios para cubrir los baches financieros.

Fuente: Valor Soja

Volver

Otras Novedades

22/03/2026

Hizo estragos relevaron pérdidas de hasta el 90% luego de una violenta tormenta de granizo

22/03/2026

El factor geopolítico irrumpe, cada vez más, en la toma de decisiones

22/03/2026

Campeón agrícola Brasil amplió una ventaja con la Argentina y ya produce un 150% más

22/03/2026

Luces amarillas para el trigo de la campaña 2026/27

22/03/2026

La trampa de los derivados granarios el laberinto del artículo 98 y una asimetría impositiva inexplicable

22/03/2026

Internacional un programa que busca mejorar 500.000 hectáreas comienza a pagar a productores

20/03/2026

Drástica medida China suspendió las exportaciones de un importante frigorífico argentino

20/03/2026

Definiciones en el Congreso Benegas Lynch y Ardohain anticiparon los planes para Agricultura en el Senado y en Diputados

20/03/2026

Luego de un desperfecto comenzó a funcionar nuevamente la plataforma Sio Granos, pero siguen trabajando para restablecer el Monitor

20/03/2026

Las lluvias mejoraron el déficit hídrico de las sojas ‘de gran parte de la campaña’