Nuevo capítulo en el conflicto de la Unión Agrícola de Avellaneda con Monsanto
En el comunicado, la Unión Agrícola de Avellaneda (UAA) plantea que "Monsanto logra regular la totalidad de la cadena productiva agropecuaria, comercial e industrial del grano desde sus insumos a sus eventuales frutos y/o subproductos lo que es inadmisible en los términos de la ley vigente".

En el comunicado, la Unión Agrícola de Avellaneda (UAA) plantea que "Monsanto logra regular la totalidad de la cadena productiva agropecuaria, comercial e industrial del grano desde sus insumos a sus eventuales frutos y/o subproductos lo que es inadmisible en los términos de la ley vigente".
Bajo este contexto, la UAA denunció a Monsanto ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia por "acciones tipificadas y penalizadas en la ley de Defensa de la Competencia 25.156". La Cooperativa, de más de 2000 asociados y con gran influencia en el norte del país, se sumó así a las denuncias formuladas oportunamente ante el mismo organismo por Sociedad Rural Argentina, CRA y Agricultores Federados Argentinos, sin respuesta hasta el momento por parte del organismo oficial.
Comunicado
A continuación compartimos el comunicado oficial:
"UNION AGRICOLA DE AVELLANEDA COOPERATIVA LIMITADA denunció a Monsanto Argentina S.A.I.C y/o MONSANTO COMPANY y/o MONSANTO DE ARGENTINA S.R.L. ante la COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA por acciones tipificadas y penalizadas en la ley de Defensa de la Competencia 25.156.
La Cooperativa, con gran influencia en el Norte del País, de más de 2000 asociados se suma así a las denuncias formuladas oportunamente ante el mismo organismo por SOCIEDAD RURAL ARGENTINA, CRA y AGRICULTORES FEDERADOS ARGENTINOS, sin respuesta hasta el momento por parte del organismo oficial.
UNION AGRICOLA considera que atenta contra la libertad de mercado los términos y condiciones impuestos en los contratos por Monsanto Argentina SAIC que exige a los productores para la adquisición y utilización de semillas con tecnología INTACTA; son contratos de adhesión en los cuales se establecen exigencias que condicionan la venta de dicha variedad de semilla a los acopiadores y/o cooperativas, todo ello, concatenado con el compromiso que todos los exportadores y procesadores de soja en puerto han asumido ante Monsanto, en el sentido anteponer al contrato de compra de granos una cláusula denominada “cláusula de biotecnología” en virtud de la cual el vendedor acepta que la mercadería sea analizada en busca de tecnologías patentadas, verifique el pago de dicha tecnología y descuente un canon si no se verifica el pago de la misma.
Para ello, Monsanto ha celebrado acuerdos con la casi totalidad de las empresas del complejo oleaginoso y portuario estableciendo la concertación de compras de grano de soja en forma compulsiva produciendo la cartelización del mercado impuesta por su posición dominante y disponiendo una variación de precio para la comercialización de soja INTACTA descontando U$S. 15 dólares a quiénes se encuentran fuera del sistema, lo que implica, manipulación del precio proveniente de posición dominante en el mercado o producto de la cartelización de la demanda ambas infracciones a la ley de Defensa de la Competencia.-
Cabe señalar que, conforme con la ley de semillas vigente en Argentina, MONSANTO carece de derecho a cobrar regalías sobre granos destinados a exportación o industria; las conductas mencionadas se están llevando a cabo actualmente y constituyen prácticas restrictivas de la competencia que resultan en un perjuicio para el interés económico general.
En particular, Unión Agrícola ha sido objeto de represalias por no haberse incorporado al sistema de retención de regalías; no puede comercializar normalmente la producción de soja – ante la negativa de los acopiadores, terminales, industriales y exportadores de recibir la soja sin el descuento del U$S 15 por tonelada -- y recibe notas de débito de estos “por cuenta y orden de MONSANTO” en su cuenta corriente por los U$S 15 dólares por tonelada de soja intacta, determinación de cantidad que se realiza sin control alguno, y ha sido demandada por MONSANTO en medidas preparatorias siendo que no comercializa de ningún modo semillas para siembra INTACTA, ni utiliza la mencionada tecnología.-
En síntesis, MONSANTO logra de esta forma regular la totalidad de la cadena productiva agropecuaria, comercial e industrial del grano desde sus insumos a sus eventuales frutos y/o subproductos lo que es inadmisible en los términos de la ley vigente".
Fuente: Agrofy News